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Tomás Cueria.
Cueria, ex alcalde de Caso, absuelto de prevaricación tras dimitir de su cargo

Cueria, ex alcalde de Caso, absuelto de prevaricación tras dimitir de su cargo

El juez no aprecia delito en el pago de cuatro contratos en los que IU detectó irregularidades. Contra el fallo cabe recurso de apelación

MARTA VARELA

LANGREO.

Viernes, 23 de febrero 2018, 05:04

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El Juzgado de lo Penal de Langreo ha dictado sentencia sobre el delito de prevaricación presuntamente cometido por el ex alcalde de Caso Tomás Cueria. El juez titular, Mariano Hebrero, analiza los cuatro pagos que autorizó el ex regidor, levantando los reparos de la secretaria municipal, y falla absolverlo del delito del que estaba acusado y que llevó a Cueria a dimitir de su cargo, en cumplimiento del código ético de la formación política a la que pertenece, el PSOE.

El magistrado indica que «de los hechos declarados probados no se aprecia la comisión del delito de prevaricación», y lo justifica con varias sentencias recogidas en su resolución. Así, en cuanto al levantamiento del reparo a la factura del desbroce y limpieza de viales para accesos de los servicios contra incendios, afirma: «Nos encontramos con un supuesto contrato de obras que podría adjudicarse directamente al no superarse su cuantía los 50.000 euros». E incide en que, al estar realizados los trabajos, había «obligación del Ayuntamiento de abonar la factura para evitar reclamaciones posteriores y el enriquecimiento injusto del Ayuntamiento».

En lo que respecta a los pagos por la realización de cursos deportivos, dice el juez: «Consta que formaban parte del programa 'Rompiendo distancias' y que el contrato procedía del año 2008, con la anterior Corporación. El acusado se limitó a pagar los servicios mientras se regularizaba la situación, como así sucedió».

Sobre el desbroce de viales, concluye que la obra podía adjudicarse directamente

Respecto a la tercera factura, puesta en duda por la acusación, referente a unos trabajos de limpieza realizados en edificios municipales, el magistrado indica que «se limitó a abonar las facturas por estos servicios». Y en el último caso, puesto en tela de juicio por la secretaria, el juez argumentó que consta que la empresa Aqualia venía actuando con las depuradoras de aguas fecales desde el año 2004, y en 2006 se prorrogó su gestión. Añade que «el servicio había que seguir prestándolo hasta que se adjudicase en forma por el riesgo para la salud del vertido de aguas fecales a los ríos y al pantano». Sobre este fallo cabe recurso, que habrá de interponerse en el plazo de diez días. No se descarta que así lo haga la Fiscalía. Y es que el ministerio público mantuvo durante el juicio que los hechos presentados son constitutivos de un delito de prevaricación y solicitó la condena «a una pena de nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público».

Una espera de dos años

Han transcurrido dos años hasta que la Justicia ha determinado lo que Tomás Cueria venía asegurando. «Soy inocente, realicé unos pagos porque los trabajos estaba realizados. Era lo que tenía que hacer y, al mismo tiempo, trabajé para regularizar todas las irregularidades como así se hizo».

Este proceso se inició en agosto de 2015, cuando Izquierda Unida presentó una denuncia ante la Fiscalía por presuntas irregularidades en un contrato para acometer desbroces. Después se amplió a otros tres acuerdos con diferentes empresas. Todos los casos, advirtió Cueria, comenzaron con la Corporación anterior, regida por IU. Al ex regidor se le abrió juicio oral a finales de junio y, cumpliendo con el código ético socialista, presentó su dimisión al mes siguiente, en julio de 2017.

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