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Condenado a 6 meses de cárcel por allanar la vivienda de su exmujer en Castrillón y cambiarle la cerradura

Condenado a 6 meses de cárcel por allanar la vivienda de su exmujer en Castrillón y cambiarle la cerradura

El Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito de allanamiento de morada

europa press

Lunes, 5 de febrero 2018, 15:52

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias ha condenado a seis meses de cárcel a un hombre acusado de allanar la vivienda de su exmujer y cambiar la cerradura de la casa en enero de 2016 en Castrillón.

Según ha informado este lunes el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) la sentencia no es firme y puede ser apelada ante la Sala Civil y Penal del TSJA. El hombre fue declarado culpable por el jurado popular.

El acusado, que responde a las iniciales J.R.S.A., ha sido condenado como responsable de un delito de allanamiento de morada, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 6 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y al pago de las costas judiciales causadas.

La sentencia considera como hechos probados que en el mes de septiembre de 2014 el acusado, por desavenencias con su entonces esposa, se trasladó del domicilio familiar para instalarse primero en casa de sus padres y después en un piso de alquiler en la localidad de Salinas, dejando en su domicilio numerosos objetos de su propiedad. Hasta septiembre de 2015, en que fue presentada la demanda de divorcio, el condenado acudió en varias ocasiones al domicilio a visitar a su hija menor y recoger enseres personales y otros objetos, con el consentimiento de su entonces esposa.

A partir del mes de septiembre de 2015 y coincidiendo con el inicio de los trámites de divorcio de la pareja, la mujer comunicó a su exmarido que se abstuviese de acceder al domicilio en que ella continuaba residiendo en compañía de su hija, llegando a cambiar, la cerradura del inmueble, sin proporcionarle copia alguna.

Durante la mañana del día 2 de enero de 2016, el hombre acudió a la vivienda y como no tenía llaves para acceder a su interior, decidió llamar a un cerrajero para proceder al cambio de cerradura, introduciéndose en la misma sin consentimiento expreso o tácito de su exmujer, sin que la misma hubiera tenido conocimiento de ello hasta que esa misma tarde, a través de un mensaje enviado vía WhatsApp, a las 5,20 horas, Juan Ramón Suárez le comunicó que tenia las llaves de casa en el buzón, que estaban allí para que las cogiese y pudiesen entrar.

El Ministerio Fiscal calificó definitivamente los hechos como constitutivos de un delito de allanamiento de morada del que considera responsable en concepto de autor al acusado sin la concurrencia de circunstancias modificativas de su responsabilidad criminal, solicitando se le impusiese la pena de 6 meses de prisión.

La defensa del acusado J.R.S.A. mostró su disconformidad con la calificación del Ministerio Fiscal considerando que procede su libre absolución y alternativamente, tras conocer el veredicto del jurado, solicitó que le fuere impuesta la pena mínima. El Jurado constituido al efecto emitió su veredicto declarando, por unanimidad, probados los hechos relatados, considerando que el acusado, en quien no concurren circunstancias modificativas de su responsabilidad criminal, es culpable de un delito de allanamiento de morada.

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