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efe
Martes, 10 de abril 2018, 12:35
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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Gijón ha dictado una nueva sentencia en la que se establece la anulación del plan de normalización lingüística aprobado por el Ayuntamiento de Carreño en enero de 2016 y que reconocía el asturiano como lengua propia de uso institucional. La sentencia estima el recurso presentado por la Abogacía del Estado después de que el Ayuntamiento hubiera rechazado el requerimiento de anulación formulado por la Delegación del Gobierno en Asturias.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) dictó el pasado mes de febrero un fallo por el que anulaba una sentencia de ese mismo juzgado que desestimaba un recurso presentado por el PP de Carreño. El Alto Tribunal asturiano advirtió entonces de que el acuerdo del pleno del Ayuntamiento, «bajo el aspecto formal del plan de normalización», encerraba en realidad «una naturaleza reglamentaria».
Dicho plan, añadía, «se proyecta hacia la totalidad de la actividad municipal y además en relación con la generalidad con los ciudadanos que se relacionen con la misma».
Por todo ello, el Juzgado estima el recurso de la Abogacía del Estado y anula el acuerdo plenario por el que se rechazaba el requerimiento de la Delegación del Gobierno para la anulación de dicho plan. El Ayuntamiento de Carreño había defendido que el plan de normalización lingüística era una «declaración político-institucional de carácter indicativo» que trasladaba al ámbito municipal la planificación autonómica. No obstante, el TSJA falló que se trata de «un plan que reviste naturaleza normativa o de disposición general».
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