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«El nuevo decreto para las concentraciones privadas hará que se aprueben con un 66% de votos»

La consejería impulsa una ley de movilización de tierras como la de Galicia, que prevé que las fincas sin uso durante cinco años puedan expropiarse

O. V.

OVIEDO.

Domingo, 19 de septiembre 2021, 02:10

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Las ventajas de la concentración parcelaria son múltiples, especialmente en una región como Asturias en la que el campo se ha despoblado a un ritmo preocupante y donde la mayor parte de la población rural se encuentra cerca o en edad de jubilación. Con la estructura minifundista a la que se ha llegado por la tradición de partir las propiedades entre los herederos, son miles las fincas tan pequeñas que, a fuer de no ser funcionales para una explotación agroganadera rentable, han caído en el abandono.

El problema, hasta ahora, es que, según el Decreto 80/97 de Concentraciones Parcelarias de Carácter Privado, para solicitar una actuación en una zona concreta basta con que la respalde el 66% de los propietarios, pero la totalidad de los afectados tienen que dar su consentimiento.

Este requisito, que parece lógico a priori, se dificulta por dos razones fundamentales. La primera, obvia, que con que un solo propietario se niegue a la parcelación bastaría, stricto sensu, para frenar el proceso. La segunda, y este es un problema que trasciende al caso de las concentraciones parcelarias para constituir un inconveniente mayúsculo ya en el campo asturiano, que la propiedad de los terrenos no está siempre perfectamente definida, lo que implica dificultades a veces sin solución para llevar adelante una unidad de concentración parcelaria en un lote determinado.

Así las cosas, la Consejería de Medio Rural está preparando un decreto que flexibilice ese requisito, que espera tener listo durante la primera mitad de 2022, y que mantendrá los dos tercios de propietarios como requisito para que se solicite una concentración parcelaria, pero «hará que se aprueben con un 66% de los votos de los propietarios».

Clarificar la propiedad

Consecuentemente, una de las actuaciones que desde la consejería se están asumiendo con más intensidad es precisamente la de la clarificación de la propiedad de los terrenos en el entorno rural. No solo porque se desconozca el propietario o no esté clara la propiedad entre varios herederos, sino también porque en muchos casos los datos del Catastro y los del Registro de la Propiedad no coinciden. «Actuamos en ese sentido para comprobar las mediciones, compensar los datos y adaptarlos, y aportar las escrituras pertinentes que permitan, a continuación, que se pueda afrontar una concentración», explica Prendes.

Movilizar los terrenos

Más ambicioso aún es lo que tiene planificado la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial para la próxima legislatura. «Queremos sacar adelante una Ley de Movilización de Terrenos Ociosos que nos dé la capacidad de actuar sobre fincas abandonadas, muy en la línea de lo que ha hecho ya Galicia esta legislatura, con buenos resultados». Ello implicaría que ante la declaración de un terreno como ocioso por un abandono palmario y una continuada inacción del propietario tras una primera notificación, si persiste durante cinco años, el terreno «pasaría a todos los efectos a titularidad del Principado, al objeto de poner de nuevo en actividad esas fincas», que podrían así también entrar en lotes de concentración parcelaria.

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