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Absueltos los dos cazadores acusados de quedarse con dinero de La Parraguesa

El tribunal de la Audiencia Provincial afea que la acusación actuó con «temeridad y mala fe» y alude a posibles presiones a un testigo

L. RAMOS / G. POMARADA

CANGAS DE ONÍS.

Viernes, 28 de febrero 2020, 00:12

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Ni el expresidente ni el extesorero de la sociedad de cazadores La Parraguesa, José Manuel Narciandi y Francisco Antonio Laria, se quedaron con dinero de la misma. Así se desprende de la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, a la que tuvo acceso EL COMERCIO y que absuelve a ambos de los delitos de apropiación indebida, administración desleal, societario y maquinaciones para alterar el precio de las cosas que se les imputaban. El tribunal asevera que «no consta que los acusados se quedaran con ninguna de las cantidades de las que dispusieron ni que las destinaran a un fin distinto del que era propio del gobierno de la asociación para perjudicarla».

Narciandi y Laria fueron acusados por la actual directiva de La Parraguesa de quedarse con más de 115.000 euros de la entidad, si bien los magistrados rechazan, una a una, las tesis esgrimidas por la acusación, afeando incluso que esta actuase con «temeridad y mala fe». Concretamente, aseveran que «pudo haber temeridad cuando la parte que ejerce la acusación particular mantuvo unas pretensiones acusatorias sin ninguna consistencia para cargar la acusación y pretender un plus de punición a los acusados». Y agregan que se intentó «culminar esa infundada exacerbación punitiva pidiendo la imposición de una pena privativa de derechos, como la atinente a la tenencia y porte de armas, que es absolutamente gratuita, pues no se halla asociada a ninguno de los delitos enjuiciados».

Los miembros del tribunal apuntan también a «una probable mala fe en el ejercicio de la acción penal que no parece desconectada de la razón que la preside, que no es otra que la de la animadversión mostrada por quien actualmente ostenta la presidencia de la asociación de cazadores contra su predecesor». Indican cómo varios testigos hicieron referencia a esa mala relación y recuerdan que una de las primeras medidas que tomó la nueva dirección fue la de despedir al hijo de uno de los acusados. «Un despido declarado improcedente por la jurisdicción social en la que la asociación optó por no readmitirlo para luego tener que contratar otro guarda porque se exigía un mínimo de cuatro», apuntan.

Pero aún hay más, y es que en la sentencia se hace referencia también a posibles presiones por parte de la acusación a uno de los testigos. Así, se refleja el «hecho de que se hubiese intentado mediatizar al menos, a un testigo que debía declarar, y declaró, en el plenario, advirtiéndole de que si lo hacía podía tener problemas con Hacienda por haber cobrado el importe de la reparación de unos daños en su finca, a cargo de la asociación».

En la sentencia, los jueces justifican, por ejemplo, la ausencia de libros de contabilidad esgrimida por la acusación en el hecho de que «la Sociedad Parraguesa de Caza no es una asociación con ánimo de lucro». Recalcan además, en varias ocasiones, cómo «la asamblea general ordinaria, competente para la fiscalización y el control de la contabilidad de la asociación, aprobó siempre sin reservas las cuentas».

En cuanto a las dos transferencias de 5.000 euros que se hicieron a la cuenta de Narciandi, la sentencia apunta a su trabajo como guarda, que simultaneaba con la presidencia de la entidad . Y respecto a las supuestas irregularidades en los gastos por las obras del campo de tiro, recuerda, además de remitir de nuevo al aval de la asamblea general ordinaria, que fueron los propios socios quienes participaron en los trabajos, por lo que «es razonable aceptar que había un grado de conocimiento suficiente acerca de los gastos».

La sentencia no es firme y cabe interponer recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

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