Las máquinas derriban la ampliación ilegal del hotel Kaype, en la localidad llanisca de Barro, en mayo de 2017. / NEL ACEBAL

La jueza desestima la reclamación de 19 millones de euros por el derribo del Kaype

En su sentencia, la magistrada señala que el recurso para pedir una indemnización por daños y perjuicios se presentó fuera de plazo

Jueves, 20 de febrero 2020, 21:11

La titular del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Oviedo ha decidido desestimar el recurso interpuesto por los propietarios del hotel Kaype de Barru contra el Ayuntamiento de Llanes para reclamar una indemnización de 19 millones de euros por los daños y perjuicios derivados de la demolición de la ampliación del establecimiento.

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El derribo se produjo como consecuencia de la anulación por parte de la justicia de sendas resoluciones municipales por las que se concedía primero permiso para agrupar varias fincas y después la licencia de obras. Esta última era declarada ilegal de manera firme por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias el 28 de mayo de 2015 y, como consecuencia de la misma, indica la jueza, «era ineludible la demolición de lo edificado» y los propietarios lo sabían. Y es que, insiste, «no es necesario esperar al derribo de la edificación cuya licencia ha sido objeto de anulación para conocer el alcance, la trascendencia e importancia de los daños que pueden ser objeto de reclamación».

De esta forma, el plazo para presentar cualquier reclamación de responsabilidad patrimonial habría comenzado ese 28 de mayo de 2015, prolongándose durante un año. Sin embargo, no fue hasta el 14 de diciembre de 2018 cuando lo hicieron, con lo que su recurso «se encontraría totalmente fuera de plazo».

Así las cosas, la magistrada desestima el recurso contencioso interpuesto por la mercantil Carrera y Pérez S. L. contra la desestimación por silencio administrativo del Ayuntamiento de Llanes de su reclamación de responsabilidad patrimonial formulada el 14 de diciembre de 2018 por los daños y perjuicios producidos como consecuencia de la actuación del Consistorio.

La jueza no impone las cosas a ninguna de las partes y contra la sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de quince días que será resuelto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA.

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