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La justicia salva el alero de una casa catalogada en Nueva de Llanes

G. P.

NUEVA.

Miércoles, 16 de octubre 2019, 00:09

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Tras seis años de trámites con alegaciones y recursos judiciales de por medio, la pretensión de un particular de llevar a cabo una rehabilitación en un edificio auxiliar de la localidad llanisca de Nueva sigue adelante. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Oviedo, en una sentencia del 5 de septiembre a la que ha tenido acceso este periódico, desestima el recurso presentado por la propietaria de la vivienda vecina y por la asociación Mujeres por la Transparencia. Ambas partes solicitaban la nulidad de la licencia de obra concedida por el Ayuntamiento de Llanes en enero de 2018, así como la prórroga otorgada ese mismo julio, al entender que se permitía «un cambio sustancial en altura, superficie y uso del edificio auxiliar», por lo que no se trataría a su parecer de una reforma. Consideraban además que el permiso fue concedido «vulnerando el derecho a la propiedad privada de un tercero, ya que supondría el derribo de un alero» de la vivienda de la recurrente. Indicaban asimismo que se trataba de un «elemento de interés histórico y cultural de la casa que motivó la inclusión de la vivienda en el catálogo de bienes de interés histórico del Ayuntamiento, aprobado inicialmente».

El fallo desestima finalmente su recurso, sin interponer las costas a ninguna de las partes. A pesar de que la resolución judicial es contraria a sus peticiones iniciales, desde la asociación dicen sentirse satisfechas, pues «aunque explícitamente no se retira la licencia, se puede considerar invalidada ya que al no permitirse las condiciones del proyecto que en su momento fue aceptado por el Ayuntamiento y con el que dicha licencia fue concedida, ni sirve el proyecto ni sirve la licencia, teniendo que empezar un nuevo planteamiento de la obra y una nueva licencia en la que se cumplan los requisitos de no adosamiento y no derribo del alero, algo para lo que la propietaria nunca dio permiso ni que tan siquiera se le consultó», dicen. Mujeres por la Transparencia celebra asimismo que la magistrada estime que «el recurso está planteado dentro del plazo legalmente establecido».

La sentencia en cuestión se remite a un informe del área de Urbanismo en el cual la licencia se condiciona al cumplimiento de ciertos puntos, entre ellos que la ejecución de las obras «respete en todo caso los elementos constructivos de las viviendas colindantes -incluidas en el catálogo de Llanes- y en particular sus aleros». «Se exige dicho condicionado que es lo aquí pretendido por la parte recurrente», recoge.

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