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«La 'sextorsión' tiene consecuencias psicológicas muy graves»

«La 'sextorsión' tiene consecuencias psicológicas muy graves»

La abogada Beatriz Calavia ha explicado en Oviedo que compartir imágenes de contenido sexual cuando una pareja rompe tiene consecuencias muy dañinas

EUROPA PRESS

Lunes, 1 de abril 2019, 20:47

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La letrada del Colegio de Abogados de Santiago de Compostela Beatriz Calavia Rodríguez, ha recordado este lunes en Oviedo que conductas como el bullying, ciberbullying, 'sexting' o 'grooming' «no son cosa de niños» en una conferencia impartida en el Colegio de Abogados de Oviedo.

Calavia ha explicado que esta charla es «fundamental» para la abogacía porque «hoy en día cada vez hay más casos de bullying y el ciberbullying« con unos datos »alarmantes« en España.

Ante esta realidad, ha considerado imprescindible que la abogacía sepa cómo actuar como abogados ante la víctima e incluso cuando hay que defender al agresor. Para ello, considera necesario saber en primer lugar qué tipo de delito es cada una de estas variedades.

El sexting, ha explicado, es el envío de imágenes de contenido sexual. «Cuando es entre adolescentes es más peligroso», ha añadido, para después incidir en el riesgo que implica esta práctica cuando las parejas rompen. Es entonces cuando se puede producir la «sextorsión», que es cuando, por «venganza», se comparten esas imágenes sin consentimiento. «Tiene consecuencias psicológicas de todo tipo muy graves», ha aseverado.

El 'grooming', ha dicho, es cuando el adulto se hace pasar por un menor en la red hasta que logra o bien un encuentro sexual físico o material pornográfico.

Ante estos escenarios, ha querido resaltar que no se trata de una conducta de niños, por lo que los abogados deben estar preparados para conocer cómo actuar frente a estas situaciones. «Sobretodo tener la empatía con las víctimas e incluso con los agresores si nos toca defenderlos», ha añadido.

Ha recordado además que es necesario diferenciar entre los menores de 14 años, que no responden penalmente --aunque sus padres, madres y tutores tendrán que responder en caso de que haya una indemnización--, en cuyo caso rige la ley penal del menor con medidas con finalidad educativa y de reinserción, y los mayores de 14 años, que sí responden ya penalmente.

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