Borrar
Absuelto el acusado de agredir sexualmente a una menor en las fiestas del Carmín de Siero

Absuelto el acusado de agredir sexualmente a una menor en las fiestas del Carmín de Siero

El tribunal entiende que no hay pruebas de que las relaciones sexuales «no hubiesen sido queridas y consentidas» por ambos y que

efe

Jueves, 12 de marzo 2020, 13:39

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Audiencia Provincial ha absuelto al joven de 21 años acusado de agredir sexualmente a una adolescente de 17 años en las fiestas de El Carmín de Siero en 2018, unos hechos por los que afrontaba una petición de condena de seis años de cárcel y ocho de libertad vigilada.

El tribunal de la Sección Segunda considera que no hay pruebas de que las relaciones sexuales que el acusado V. G. P. mantuvo con la adolescente «no hubiesen sido queridas y consentidas» por ambos y menos aún que en su desarrollo el procesado se hubiese prevalido de la violencia por lo que excluye toda responsabilidad penal.

Los magistrados exponen en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que la declaración de la joven carece de «la aptitud necesaria» para generar «certidumbre».

La Sala argumenta que la adolescente ofreció una versión que «no resulta concluyente» por su falta de persistencia y en determinados extremos relevantes, así como por las «ambigüedades y contradicciones» que presentó su testimonio.

La víctima reconoció durante el juicio que había sentido «atracción» por el acusado al que conoció en la noche del 23 de julio de 2018 cuando ambos se encontraban con su grupo de amigos en el prado denominado «La Sobatiella», donde tenían lugar las fiestas de «El Carmín» de Pola de Siero.

Esa «atracción», según la Audiencia fue «correspondida», por lo que ambos empezaron a besarse y cuando, al cabo de un rato, volvieron a encontrarse en la fiesta y, tras iniciar una nueva conversación, se volvieron a besar, momento en que el acusado le pidió a la adolescente que se fueran a un lugar apartado a lo que ésta accedió.

Ambos fueron a una zona oscura de arbustos, a escasos metros de donde transitaba gente, donde volvieron a besarse y la menor le hizo una felación al acusado, con quien después mantuvo relaciones sexuales que terminaron cuando ella se quejó de que «le dolía», un hecho que para el tribunal demuestra que no se trató de una relación forzada.

Seguidamente la adolescente pidió al acusado que le ayudara a buscar su teléfono móvil, que finalmente encontró en el bolsillo del pantalón, y ambos abandonaron el lugar quedando la menor en el camino en compañía de una pareja conocida que transitaba por allí mientras que el acusado regresó con sus amigos.

Al poco tiempo la adolescente comenzó a llorar, por lo que la pareja avisó a sus amigas quienes se personaron acto seguido y al preguntarle qué le había pasado, manifestó que la había violado, por lo que llamaron a la Policía.

Los magistrados recuerdan que durante el interrogatorio la menor llegó a admitir que cuando fueron a la zona oscura «no quería follar» aunque al principio «sí le apetecía» por lo que ella se ofreció a hacerle una felación «por su propia cuenta», un hecho que les lleva a determinar que en momento alguno se produjo una situación de violencia o intimidación.

La sala ha seguido así el criterio del abogado defensor, Francisco del Gallego, quien mantuvo la petición de libre absolución de su representado porque sostenía que las relaciones sexuales habían sido consentidas y se apoyaba en el informe del psicólogo forense que no dio veracidad a la menor al considerar que no presentaba «el perfil de víctima genuina».

La Fiscalía y la abogada Ana María González, que ejercitaba la acusación particular, habían interesado una pena de 6 años y 8 años de libertad vigilada y una medida de alejamiento.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación en el plazo de diez días. EFE

1011809

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios