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Miércoles, 24 de julio 2019, 12:51
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El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el Gobierno de Asturias contra el real decreto de 23 de octubre de 2015 que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los profesionales de enfermería.
El Gobierno asturiano sostuvo en su recurso que «el real decreto no contempla la realidad del sistema sanitario, basado fundamentalmente en el trabajo multidisciplinar, y altera gravemente su funcionamiento».
Según la sentencia del Supremo , «la pérdida sobrevenida de objeto presupone que el recurso es admisible pero que, por circunstancias sobrevenidas, ha perdido su finalidad al haber sido satisfechas las pretensiones ejercitadas. Se trata, más bien, de un modo de terminación anticipado del proceso, no contemplado entre los previstos por la Ley de este orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
A la vista de la demanda el Supremo considera «evidente que el recurso ha perdido su objeto, como reconoce la propia parte recurrente en sus conclusiones, salvo lo dispuesto en el artículo 9.2. La jurisprudencia de esta Sala considera aplicable la desaparición sobrevenida de la materia en litigio o pérdida sobrevenida de objeto como forma de terminación anticipada del proceso contencioso administrativo (ex artículo 22.1 LEC ) en los casos de anulación de disposiciones de carácter general y cuando las circunstancias sobrevenidas han incidido sobre su objeto privando de interés legítimo a las pretensiones formuladas por haber sido satisfechas extraprocesalmente o por cualquier otra causa.
El Ejecutivo asturiano en su recurso consideraba que la norma obvia la cualificación de este colectivo, a pesar de su formación universitaria, y que perjudica a los usuarios del sistema sanitario porque genera más trámites burocráticos.
El Gobierno autonómico defendió que el decreto no reconoce el valioso trabajo de la enfermería al lado del paciente, una labor que es complementaria e independiente de la que ejercen los facultativos.
«La dispensación enfermera de medicamentos es una realidad que aporta valor al conjunto de la organización, que no genera problema alguno en el entorno sanitario y que sirve, además, para garantizar la continuidad de los cuidados y agilizar la toma de decisiones», destacó en su recurso el ejecutivo regional.
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