El Supremo estará obligado a decidir sobre las restricciones en solo 14 días
Se elimina el recurso de reposición previo, se habilitan los festivos y se faculta al Gobierno para apelar los vetos de los tribunales superiores
MELCHOR SÁIZ-PARDO / ÁLVARO SOTO
MADRID.
Jueves, 6 de mayo 2021, 01:38
El Tribunal Supremo decidirá como tarde a inicios de junio si es legal o no que las comunidades autónomas restrinjan derechos fundamentales de los ... ciudadanos para contener la pandemia y que lo hagan sin el amparo de un estado de alarma. El decreto publicado ayer en el BOE -y con el que el Gobierno quiere forzar al alto tribunal a crear doctrina sobre esta situación jurídica que nunca antes se había dado en España- incluye unos plazos extremadamente apurados, hasta el punto de que los magistrados de la Sala Tercera tendrán que resolver cualquier recurso en unas dos semanas, un tiempo récord para un tribunal que se mueve en ritmos de meses, cuando no de años.
El decreto que reforma la Ley 29/1998 'reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa' hará que el Supremo resuelva en «tiempo récord», como prometió el martes la vicepresidenta Carmen Calvo, cualquier veto de los tribunales superiores de justicia a órdenes de los Gobiernos autonómicos que restrinjan derechos fundamentales tales como toques de queda; confinamientos perimetrales municipales, provinciales o autonómicos; topes en las reuniones o limitaciones en los lugares de culto.
El primer acelerón en este proceso para resolver de forma exprés los recursos se basa en que las administraciones autonómicas directamente se podrán saltar el hasta ahora requisito indispensable previo de formular un recurso de reposición, una apelación potestativa de revisión que se impone contra los actos que agotan la vía administrativa. Este trámite, que puede demorar meses en resolverse, habitualmente acaba con la confirmación de la resolución y hubiera postergado un dictamen del Supremo probablemente hasta ya acabada la pandemia, según reconocen fuentes judiciales.
Si el Supremo se niega a trabajar en festivo, la reforma no prevé un recurso, para no empantanar los procesos
Personarse en tres días
Tras este atajo procedimental, el decreto obliga a las comunidades a presentar ante la Sala Tercera su escrito el mismo día que interponen el recurso. No hay anuncio previo como en el trámite ordinario. Al día siguiente, los magistrados tendrán que comunicar al resto de las partes el inicio del procedimiento y tres días después esas mismas partes deberán personarse.
El recurso -insiste el texto- será «turnado de inmediato» a la sección competente que deberá tramitarlo de manera «preferente», al tiempo que dará tres días para que la Fiscalía y las partes «formulen alegaciones». Con toda la documentación sobre la mesa, los magistrados tendrán solo cinco días más para para «fijar doctrina y resolver sobre las cuestiones y pretensiones planteadas».
Pero no solo el acortamiento de los plazos acelerará el proceso. Cualquier parte en esta cuita podrá reclamar que «se habiliten los días inhábiles para la tramitación y resolución del recurso de casación». En el supuesto de que el Supremo se niegue a trabajar en festivo, la reforma no prevé un recurso para que el procedimiento no se empantane en esas cuestiones menores.
Más allá de forzar al Supremo a crear doctrina contrarreloj, la reforma aprobada por decreto por el Gobierno de Pedro Sánchez reserva un papel importante al propio Ejecutivo central y al órgano con el que pretende seguir controlando la lucha contra la pandemia: el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. El decreto establece que la Administración central tendrá «legitimación activa» para recurrir los posibles vetos de los tribunales superiores de justicia si las restricciones hubieran sido acordadas como «actuaciones coordinadas» en el seno de ese Interterritorial.
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