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Apariencia que presentan algunas de las vivientas de la nueva urbanización de La Magdalena.
El Supremo da la razón a Sogepsa en el precio de la expropiación de La Magdalena

El Supremo da la razón a Sogepsa en el precio de la expropiación de La Magdalena

El alto tribunal considera correcta la oferta inicial de 43,37 euros por metro cuadrado y rechaza el coste fijado en el recurso ante el Contencioso

FERNANDO DEL BUSTO

Sábado, 25 de octubre 2014, 00:19

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El Tribunal Supremo ha escrito las que pueden ser las últimas páginas de la larga polémica sobre las expropiaciones realizadas para desarrollar el urbanizable de La Magdalena, donde se han levantado cerca de un millar de viviendas, la práctica totalidad de ellas bajo diferentes figuras de protección pública.

En concreto, la sección sexta de la sala de lo Contencioso ha resuelto el recurso de casación para la unificación de la doctrina interpuesto por la Sociedad Mixta de Gestión y Promoción del Suelo (SOGEPSA) y que cierra la polémica sobre el precio que se pagó a los propietarios del suelo. Como se recordará, en un primer momento, el Jurado Territorial de Expropiación Forzosa fijó un precio de 43,37 euros por metro cuadrado.

La cantidad fue rechazada por los afectados, que acudieron al Contencioso Administrativo al considerar que la empresa mixta se enriquecía con estos precios del suelo. En un primer momento, la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias les daba la razón e incrementaba el valor en casi 20 euros. En concreto, lo dejaba en 60,95 euros el metro cuadrado. La sentencia llegó a establecer un coste de 113,70 euros el metro cuadrado.

Sin embargo, SOGEPSA decidió acudir al Supremo, que con esta resolución, cierra la polémica. En sus fundamentos de derecho recuerda que «en materia de expropiación forzosa, datos como la localización del terreno expropiado, su situación urbanística y las características del proyecto que legitima la expropiación son, entre otros, de crucial importancia para la determinación del justiprecio». En este sentido, se recuerda que su finalidad es «impedir que casos efectivamente iguales reciban soluciones distintas».

«Varios errores»

Siguiendo ese hilo, la sentencia rechaza los valores fijados por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias al considerar que «incurre en varios errores».

En concreto, determina que «no ha tenido en cuenta el aprovechamiento y el porcentaje de la vivienda libre y protegida determinados en el Plan especial definitivamente aprobado; no le ha quedado claro al perito que el coste de la urbanización de la totalidad del ámbito corresponde exclusivamente a los propietarios del suelo, incluido el correspondiente al 10% del aprovechamiento de la administración».

Por todo ello, la Sala considera que los propietarios de los terrenos «no han aportado prueba suficiente para llevarnos a la convicción del error o la equivocación de la valoración efectuada por el Jurado Provincial de Expropiación».

De esta manera, el alto tribunal cierra la polémica y confirma que el precio fijado por los terrenos para el urbanizable de La Magdalena se ajusta a derecho.

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