Absuelven al dueño de un perro que atacó a otro porque «no se acreditó» su fiereza
El juez ve probado que el husky, que iba suelto, causó heridas relevantes al perro de la denunciante, pero cree que ello no implica que sea un animal «fiero o dañino»
J. G.
Sábado, 22 de noviembre 2014, 00:32
El titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de la ciudad ha absuelto a un hombre de la falta de la que se acusaba por el ataque que protagonizó su perro el pasado mes de diciembre cuando iba suelto por el parque de La Magdalena. El juez estima que «no se ha acreditado» en el juicio que el animal fuera «potencialmente peligroso» ni que su propietario «tuviera conciencia de que tenía un animal feroz o dañino», por lo que absuelve tanto al denunciado como a su compañía de seguros.
Publicidad
Los hechos se remontan a diciembre del pasado año, cuando la denunciante se encontraba paseando con sus dos perros, un cruce de pastor alemán y otro de raza más pequeña. Según recuerda la mujer, en un momento dado se acercó el denunciado, «que iba en bicicleta con su perro, un husky, suelto al lado». Este último se abalanzó sobre su pastor alemán, de modo que le provocó serias heridas en la cabeza.
El juez reconoce tanto que el animal atacante iba suelto como que provocó al cruce de pastor alemán «heridas de las que fue atendido por el veterinario, habiendo satisfecho el denunciado algunos de los gastos del tratamiento».
«Animal peligroso»
Sin embargo, el juez estima que de esos hechos no se deriva responsabilidad penal alguna por parte del denunciado, toda vez que «no se ha practicado prueba alguna que acredite que» el husky atacante «sea un animal peligroso».
A su entender, el Código Penal se limita a señalar como responsables de una falta contra los intereses generales «a los dueños encargados de la custodia de animales feroces o dañinos que los dejaren sueltos o en condiciones de causar mal». Sin embargo, entiende que «es indispensable que los animales sean feroces o dañinos» y eso sería algo a interpretar de manera «restrictiva». «Dañinos serían todos los animales que pueden causar daño, y eso llevaría a calificar de tales a prácticamente todos los animales domésticos», argumenta el juez. Por eso, el magistrado entiende que debe tratarse como tales únicamente aquellos «que posean unas condiciones de acometividad y fiereza que los conviertan en animales potencialmente peligrosos», condiciones que, en el caso del perro del denunciado, no se habrían acreditado en el juicio.
Publicidad
No obstante, el juez apunta en la sentencia a que el hecho juzgado «tendría un encaje más adecuado en el campo del Derecho Civil», en el que la denunciante podría reclamar «la correspondiente indemnización».
1 año por solo 16€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión