Absueltos los tres trabajadores acusados de robar rodillos de cobre en ArcelorMittal
La sentencia se basa en que los hechos de los que se les acusaba no se han llegado a acreditar de modo fehaciente
LA VOZ DE AVILÉS
AVILÉS
Martes, 23 de julio 2019, 13:37
Las dudas que rodeaban el caso y la imposibilidad de acreditar de forma fehaciente los hechos denunciados han motivado la absolución de tres trabajadores del delito continuado de hurto de rodillos de cobre en las instalaciones de ArcelorMittal. La sentencia del Juzgado Penal Número 1 de Avilés establece en los tres casos que «el recibir rodillos de cobre a sabiendas de su lícita procedencia (algo que también debería ser acreditado por descontado), y venderlos posteriormente a un tercero con claro ánimo de lucro, no sería constitutivo de un delito de hurto, sino de un supuesto delito de receptación, tal y como apuntó la defensa en su informe final».
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La sentencia continúa afirmando que «sin embargo, la acusación formulada, lo fue como presunto autor penalmente responsable de un delito continuado de hurto. Vedándonos pues el principio acusatorio la posibilidad de condenarlos por el delito de receptación, caso que éste se llegara a acreditar». No obstante, la magistrada concluye «como último apunte y a modo de colofón», que «es preciso realizar la siguiente matización». El hecho de que se haya llegado a la conclusión de dictar un pronunciamiento absolutorio para los tres acusados, por las numerosas dudas que rodean el presente supuesto, no significa que estos no cometieran los hechos delictivos por los que fueron acusados, sino simple y llanamente, que tales hechos no se han conseguido llegar a acreditar de modo fehaciente y que son muchas las dudas que surgen sobre el particular».
La Fiscalía había descartado en la última sesión del juicio reclamar 46.258 euros en concepto de responsabilidad civil a los tres trabajadores acusados de robar once rodillos de cobre de las instalaciones de Aceralia (ahora, ArcelorMittal) en 2011 al existir dudas sobre los mismos. El Ministerio Público y la acusación particular defendieron que los tres trabajadores actuaron conjuntamente para sacar los rodillos en los camiones de la empresa subcontratada para llevar a cabo el desmantelamiento de la línea de hojalata 1.
El responsable del taller de Vizcaya al que supuestamente fueron vendidos declaró en el Juzgado de lo Penal Número 1, en la segunda y última sesión del juicio, que ni Guardia Civil ni responsable alguno de la siderúrgica se acercaron en los dos años que estuvieron en su empresa hasta allí a comprobar que el material era el mismo que había sido sustraído de la metalúrgica. Aseguró, incluso, que ni siquiera eran de cobre, tan solo tenían un revestimiento.
Fiscalía y acusación particular mantuvieron la petición de una pena de cárcel de un año y medio de prisión para cada uno de los tres acusados por un delito de robo y solicitaron que la responsabilidad civil se fijara en la ejecución de sentencia. Mientras, las defensas pidieron la absolución de sus clientes al no haber podido demostrarse cargo alguno y plantearon como atenuante las dilaciones indebidas por los ocho años que han pasado desde que se presentó la denuncia hasta la celebración del juicio.
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La representación del trabajador de Arcelor, que argumentó que no había prueba sólida de que su cliente hubiera cobrado o ingresado dinero alguno por facilitar el acceso a unos rodillos que mucha gente sabía dónde estaban, rechazó el atestado de la Guardia Civil por su «inconsistencia». Asimismo, recordó que en un juicio penal hay que demostrar la culpabilidad y no la inocencia, en relación a la falta de pruebas que refirieron las defensas.
Igualmente, los letrados del trabajador de la subcontrata y de un tercero al que se acusa de haber orquestado toda la operación, afirmaron que hubiera sido «imposible» sacar los rodillos de 'extranjis' a pesar de que los testimonios de los responsables de seguridad en la siderúrgica dibujaron un sistema bastante deficiente. Uno de ellos señaló, incluso, que de acusarse de algo a su cliente tendría que ser de receptación de material y no de robo.
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