El agresor sexual de Bustiello evita entrar en prisión por estar desintoxicándose
El juez de Lo Penal atiende a la petición de su defensa que aún puede ser recurrida por la fiscalía y la acusación particular
FERNANDO DEL BUSTO
AVILÉS.
Jueves, 29 de octubre 2020, 00:53
El joven condenado por sentencia firme tras una agresión sexual a una mujer en Bustiello en febrero de 2018, no deberá ingresar en prisión y seguirá en libertad mientras sigue un tratamiento para superar su adicción a la cocaína y el alcohol.
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Es el resumen del auto del magistrado José Carlos Martín Martín, titular del Juzgado de lo Penal Número 2 de Avilés, que ayer se comunicó a las partes personadas en el caso. En él, responde a la petición de José Ramón Nistal, abogado del condenado, que planteaba la libertad apelando a la necesidad de culminar su tratamiento de deshabituación de ambas sustancias. Es una opción que contempla el Código Penal y que es posible porque la pena fijada por la Audiencia Provincial es inferior a cinco años de prisión, en concreto tres. Se argumentaba además el hecho de que se había casado e iba a ser padre, aunque fuentes familiares pusieron en duda su próxima paternidad.
En su escrito, el juez recuerda que durante la vista oral se manifestó la drogadicción del acusado hasta el punto que se aplicó la atenuante de consumo de alcohol y cocaína al entender que la agresión se había cometido bajo la influencia de ambas sustancias.
El joven deberá abonar la responsabilidad civil y cumplir la orden de alejamiento de su víctima
La resolución fija un periodo de cuatro años para que el joven culmine su tratamiento de deshabituación. Durante ese tiempo no podrá abandonar el proceso ni tener recaídas que sean muestras de una falta de seguimiento del proceso. Si, durante este proceso, recuperase sus consumos o vuelva a cometer algún acto delictivo, deberá ingresar en prisión.
La decisión judicial no exime al penado de cumplir otros requisitos fijados en la sentencia establecida por la Audiencia Provincial. Así, deberá completar el pago de la responsabilidad civil fijada en la sentencia, algo más de 18.000 euros, y la orden de alejamiento de su víctima.
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La decisión no es firme y tanto la Fiscalía como la acusación particular, que se opusieron ambas a la petición de la suspensión de la pena, disponen de la posibilidad de presentar un recurso tanto ante el mismo órgano judicial como ante la Audiencia.
Los hechos
En marzo del pasado año, el Juzgado de lo Penal Número 2 de Avilés condenaba al agresor a cinco años de cárcel por un delito de lesiones, otro de agresión y un tercero de robo. Los hechos se remontaban a febrero de 2018, cuando el condenado se dirigió de manera ofensiva a una mujer que paseaba a su perro en Bustiello, en las inmediaciones de su domicilio.
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Le ofrecía dinero para mantener relaciones sexuales y, al marchar ella, la persiguió para agredirla brutalmente. Los gritos de auxilio de la mujer alertaron a un vecino y provocaron la huida del agresor con el móvil de su víctima.
En primera instancia, el Juzgado de lo Penal consideró dos delitos diferentes el intento de agresión sexual y la violencia empleada, además de calificar la sustracción del móvil como un robo.
Sin embargo, la Audiencia Provincial modificó esa interpretación, lo que permitió la rebaja de la pena de cinco a tres años de cárcel. En segunda instancia, los tres magistrados consideraron que la violencia física formaba parte del mismo hecho delictivo que el intento de mantener relaciones sexuales, por lo que sólo se trataba de un delito de agresión sexual. Además, redujeron la sustracción del móvil a hurto. Su criterio era que la violencia había sido utilizada en la agresión sexual, no para apropiarse del móvil.
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