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Edificio en el que vive la vecina conflictiva. MARIETA
La Audiencia mantiene vigente la orden de alejamiento sobre la vecina de Hermanos Soria

La Audiencia mantiene vigente la orden de alejamiento sobre la vecina de Hermanos Soria

Desestima tanto el recurso contra esta medida cautelar como contra una sentencia que la condena por amenazas

C. R.

AVILÉS.

Miércoles, 12 de junio 2019, 02:05

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La vecina conflictiva de Hermanos Soria y su hijo seguirán sin poder acercarse a los vecinos del número 5 de la calle a los que, según han reconocido los Juzgados de Primera Instancia de Avilés, hostigan y amenazan. La Audiencia Provincial acaba de desestimar el recurso de apelación por el que la mujer solicita que la retirada de la orden de alejamiento que le prohíbe aproximarse a menos de trescientos metros de los denunciantes o cualquier tipo de comunicación con ellos. En la práctica esto supone que no pueden vivir en su residencia habitual.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial avala la decisión adoptada por la jueza, acorde a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que contempla protección para los perjudicados. Y aunque los investigados, es decir, la mujer y su hijo, niegan los hechos de los que son acusados, el tribunal recuerda que existen «numerosas denuncias interpuestas», «que se trata de una persecución constante» y que existen condenas recientes previas. Por tanto, al no ser un caso esporádico, «se da el riesgo de reiteración de conductas».

Esta orden de alejamiento se mantendrá vigente hasta que se celebre el juicio, y se dicte sentencia, por una denuncia presentada en febrero por supuesto acoso y coacciones.

Por otra parte, la Audiencia Provincial también ha echado para atrás el recurso de la vecina conflictiva contra la sentencia que el pasado mes de febrero la condenaba a tres meses de multa por un delito de amenazas proferidas contra el hijo menor de edad del denunciante. Desde su domicilio en el piso inmediatamente inferior, gritó: «Ya estáis otra vez con el hijo de puta de vuestro hijo..; no os queda claro, hijos de puta, que ese niño no va a poder volver a dormir en esta casa».

Su defensa no solo discrepa de la valoración realizada por la jueza de Primera Instancia, apreciación rechazada por la Sección Segunda de la Audiencia al considerar que su valoración de prueba y testimonios fue la correcta, sino que cree que su clienta es condenada por un delito de amenazas leves cuando habrían sido unos insultos o vejaciones.

La expresión literal formulada, examinada a la luz de un conflicto vecinal previo, se interpreta como «una advertencia de futuras represalias», lo que lleva a la Audiencia Provincial a alinearse con la valoración realizada por la jueza de Primera Instancia.

Ha sido tal el número de denuncias presentadas por ambas partes, que la Fiscalía ha tomado cartas en el asunto, tomando declaración en las últimas semanas a otros vecinos.

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