La justicia avilesina tumba los argumentos del ERE de Vallina y obliga a readmitir a una trabajadora
La sentencia recoge que las pérdidas económicas aducidas por la empresa no justifican una medida tan «desproporcionada»
Ni fue una medida proporcionada ni las cuentas de la compañía la justificaban. El Juzgado de lo Social Nº 1 de Avilés acaba de fallar ... a favor de una exempleada de Embutidos Vallina, cuyo puesto de trabajo fue amortizado en el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de 2023 que afectó a diez trabajadores. La jueza considera que la situación económica de la empresa no exigía adoptar una medida tan «desproporcionada» y condena a Vallina a readmitir o indemnizar a esta trabajadora con 75.259 euros. Contra la sentencia cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
Representada por el abogado Alfonso Suárez, la exempleada pudo demostrar que las pérdidas aducidas por la empresa no eran «persistentes» como exige el Estatuto de los Trabajadores y por lo que se entiende tres trimestres consecutivos con un nivel de ingresos o venta inferior al mismo trimestre del año anterior. En este caso, Embutidos Vallina presentó un saldo negativo de 599,81 euros al cierre del ejercicio de 2021, una «nimia cantidad» que fue contrarrestada «con unos beneficios mayores en el mes siguiente».
LOS ARGUMENTOS
-
Pérdidas no justificadas Sólo se argumenta el saldo negativo con el que se cerró el año 2022 (-599,81 euros ) y no los tres trimestres que exige la ley.
-
Patrimonio Se contrapone con el patrimonio de la empresa (1,5 millones) y la subida salarial del Consejo de Administración en el periodo 2020-2022 (24.156 euros).
-
Costes energéticos Rechaza el incremento de la factura energética que expone la empresa porque se acogió a las bonificaciones que habilitó el Gobierno central.
-
Desproporcionalidad Considera la sentencia que la medida adoptada fue desproporcional y no llegó a adoptarse el ERTE rotativo de acompañamiento para 73 trabajadores que se aprobó.
Señala la sentencia que los últimos datos presentados, los de enero de 2023 (el ERE se firmó en el mes de marzo) no estaban auditados, por lo que debían ser tomados con cautela, y además el ejercicio contable acababa de empezar, quedando por delante once meses, por lo que los datos eran «prematuros para la toma de decisiones de tan importante calado como la adopción de un ERE». Eso sin contar el patrimonio neto de la compañía, que ascendía a 1.560.131 euros, según el Registro Mercantil, y que los sueldos y salarios del Consejo de Administración aumentaron en el periodo 2020-2022 en 24.156 euros, «importe muy superior a las pérdidas estimadas de -599,81 euros, que no se explican en el contexto económico de la empresa».
Subraya la jueza que aunque Embutidos Vallina sostiene que se produjo una disminución de los ingresos obtenidos desde el año 2019 a 2022 así como del volumen de carne vendida, la empresa se acogió a las medidas de flexibilidad interna que amparó la legislación urgente durante la pandemia del covid. Es más, la comparación del volumen de ventas anuales de aquellos años presentada por la cárnica «viene distorsionada» precisamente por esas circunstancias y porque se contrasta la producción y venta del periodo anterior al covid con periodos en los que la empresa se acogió a los ERTE, situación en la que permaneció prácticamente la totalidad de la plantilla de octubre de 2021 a marzo de 2022.
Electricidad y gasóleo
Otros argumentos que expuso la compañía fue el incremento del coste energético que se había encarecido un 39,31% en 2022 respecto a 2021, dejando la factura en 249.777 euros. Igualmente los carburantes, al pasar la empresa de un gasto en el gasóleo de los vehículos de transporte en 2021 de casi 99.800 a 135.000 euros y, en la caldera, de 39.326 euros 59.761 euros. Sin embargo, para la jueza la elevación del coste energético «no puede ser tenido en cuenta» porque durante el año 2021 la empresa se acogió a la bonificación aprobada a través del Real Decreto Ley 6/2022 por el que se adoptaron medidas urgentes en el marco del plan nacional para dar respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Por todo ello, la sentencia no ve «proporcionalidad» en una medida que optó por despedir a diez trabajadores frente a unas pérdidas de 599,81 euros «incurriendo en una falta de adecuación y razonabilidad» ya que se podría haber optado por un ERTE rotativo que precisamente se había establecido como medida de acompañamiento y que «hubiera resultado menos gravoso y perjudicial para el empleo».
Diez puestos amortizados
En el ERE ratificado por la plantilla en una votación llevada a cabo el 23 de marzo de 2023 se amortizaron diez puestos de trabajo que se consideraron «prescindibles» por no tener la suficiente carga de trabajo y, en algunos casos, porque los sueldos excedían a la media salarial en esa categoría, como ocurría con al menos tres familiares en las áreas de Recursos Humanos y Producción. Además se acordó externalizar algunos servicios como el propio área de Recursos Humanos y el de Limpieza.
El ERE afectó a la única trabajadora de Recursos Humanos, tocó también al jefe de ventas, que además de un salario muy alto «se negaba a hacer trabajo de campo», a dos técnicos, dos limpiadoras y a cuatro operarios en el área de producción.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión