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El Tribunal Superior avala los despidos de los trabajadores de Montrasa

Desestima los dos recursos presentados y considera además que no pueden aplicarse los Acuerdos de Oviedo

R. A.

avilés.

Martes, 16 de junio 2020, 01:39

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Los trabajadores subcontratados por Montrasa que prestaban servicios de apoyo a la función y la electrolisis en la antigua Alcoa consiguieron por dos veces que sus despidos fueran declarados nulos, pero en esta última ocasión, derivada del concurso de acreedores en el que se vio sumida la empresa, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado sus reclamaciones y rechaza que existiera una discriminación, tal y como señalaban los afectados.

«La extinción de los contratos de trabajo fue general, afectó a 54 trabajadores, no sólo a los demandantes, quedando en plantilla únicamente nueve trabajadores para finalizar encargos derivados del contrato celebrado con Alcoa, finalizados los cuales se producirá el cese total y definitivo de la empresa», señala el juez, que también rechaza que la empresa deba indemnizar con 45.000 euros a cada uno de los trabajadores despedidos por «vulneración de sus derechos fundamentales». Consideraban que sus despidos habían sido una represalia «por defender sus intereses legítimos», y que ERE concursal presentado obedecía aun diseño estratégico para perjudicarles específicamente. Actualmente Montrasa continúa en proceso de liquidación y no cuenta con trabajadores en su plantilla.

En las últimas semanas se han dictado dos sentencias sobre este caso que se ha enredado durante cuatro años. Los trabajadores reclamaban también que, en virtud de los Acuerdos de Oviedo de los que formaban parte, debían ser recolocados en la propia Alcoa o en otra de sus subcontratas, extremo que también ha rechazado el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.

La Sala de lo Social considera que no pueden aplicarse esos acuerdos ya que no se produjo un cambio de empresa, sino que el contrato se resolvió. «No consta que Alcoa haya adjudicado a ninguna de las empresas demandadas el contrato que ejecutaba Montrasa Maessa, empleadora de los actores, por lo que carece de base alguna la pretensión de subrogación o recolocación formulada», señala la sentencia.

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