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La financiación del cine, a revisión

La financiación del cine, a revisión

La reforma del sistema de ayudas a la financiación del cine evita el fraude de las llamadas subvenciones de amortización, concedidas en función de los espectadores

José Luis Álvarez

Viernes, 29 de enero 2016, 12:31

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Las películas de 2015 son las últimas en acogerse al hasta ahora vigente sistema de ayudas a la financiación del cine. El nuevo sistema reduce las ayudas máximas por película -1,4 millones de euros- y cambian los requisitos necesarios para concurrir a ellas. Y es que desde este mes de enero está en vigor el nuevo sistema las ayudas al cine que se conceden antes de empezar a rodar y según una batería de criterios objetivos, medibles y puntuables. Dejarán de otorgarse a posteriori, en función del público de cada película y hasta dos años después de su estreno. Se trata de un sistema mixto, ya que hasta 2018 se mantendrán de forma transitoria las ayudas a la amortización.

Por norma general, se modifica el coste mínimo para acceder a las ayudas. Se establece en 1,3 millones de euros, al tiempo que se reduce el requisito de financiación del 40% al 35%. Este coste mínimo se reduce para la parte española en películas en coproducción internacional, que será de 0,7 millones de euros.

La nueva normativa modula la exigencia de estreno en salas en función del coste de la película. De esta forma, se mantiene la exigencia de estreno en 40 salas para películas de más de dos millones de euros, pero se reduce a 20 salas a películas con coste inferior a esos dos millones. También se reduce a 20 salas para largometrajes en lenguas cooficiales, precisando que al menos en diez debe estrenarse en su versión original y se reduce siete la exigencia de estrenos para documentales.

Se modifica el concepto de beneficiario, eliminando la exigencia de un beneficiario único en caso de coproducciones y estableciendo que cada uno cobre según su porcentaje de participación. Asimismo establece unos criterios para conceder una puntuación determinada a las producciones, puntos que luego darán acceso a las subvenciones.

De esta manera, la nueva normativa incrementa la cuantía de ayuda máxima a percibir a 1,4 millones de euros, frente a los 1,3 inicialmente planteados, pero se eleva a 80 el número de puntos para acceder al 100% de la ayuda. La aplicación de tramos permitirá el acceso de un mayor número de películas a estas ayudas. Se ha puesto un mínimo de 35 puntos para acceder al mínimo de ayuda.

El texto legal regula los supuestos de posible reembolso de la ayuda, determinando los ingresos procedentes de la exhibición en salas una vez descontados todos los gastos de impuestos, exhibidores o distribuidores entre otros, y estableciendo unos porcentajes de reembolso en función de los ingresos.

La reforma introduce modificaciones en función de las observaciones presentadas por el sector. Así, en lo referido a los requisitos de acceso, se elimina la obligatoriedad de que el estreno en las salas requeridas sea de forma simultánea; incrementa el coste máximo de una película para acceder a estas ayudas a 1,8 millones de euros y reduce de 30 a 20 puntos el mínimo para pasar de la primera a la segunda fase del proceso de adjudicación de ayudas.

Todos estos cambios permitirán la financiación progresiva de las producciones cinematográficas durante el proceso productivo, y no transcurridos dos años desde el estreno de las películas, como venía sucediendo.

La picaresca llega a los juzgados

Hasta el año pasado estuvo vigente la ley del Cine aprobada bajo el mandato del PSOE y con la ministra de Cultura Ángeles González-Sinde, que tras diversas vicisitudes comenzó su andadura en enero 2011. La ley establecía unas ayudas a la amortización que eran concedidas en función de lo recaudado en la taquilla.

Las subvenciones a la amortización se dividían en dos tipos: general y complementarias. La primera era por número de espectadores. La segunda trabajaba con un sistema de puntos en función del tipo de productora, temática del filme y equipo técnico, entre otras. El importe máximo por la ayuda de amortización general era de 400.000 euros y para la amortización complementaria estaba fijado 1,2 millones. Ambas no podían sobrepasar 1,5 millones de euros. Pero para acceder a las complementarias había que tener más de 60.000 espectadores -30.000 en el caso de filmes de directores noveles o en lengua cooficial-.

Este tipo de ayudas dieron lugar a la picaresca que se ha traducido en una investigación judicial que actualmente está abierta en los juzgados de Madrid, después de que se comprobara que diversos productores pagaban presuntamente a determinadas salas por falsear los datos de la taquilla y así solicitar las consiguientes subvenciones.

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