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Lucas Hernández junto a su mujer. AFP
Lucas Hernández, a diez días de entrar en prisión

Lucas Hernández, a diez días de entrar en prisión

El defensa francés del Bayern de Múnich se presenta en el juzgado de Madrid para recoger el mandamiento de ingreso en la cárcel por quebrantamiento de condena

Mateo Balín

Madrid

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Lunes, 18 de octubre 2021, 14:41

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El defensa francés Lucas Hernández se ha presentado este lunes de forma voluntaria en los juzgados de Madrid para recoger, un día antes de la fecha programada, el mandamiento de ingreso en prisión por un delito de quebrantamiento de condena, por el que debe cumplir seis meses de encarcelamiento, según han señalado fuentes judiciales.

El jugador internacional francés del Bayern de Múnich tiene hasta el próximo jueves 28 de octubre para entrar en la cárcel y cumplir la condena. De forma paralela, la Audiencia Provincial de Madrid tramita el recurso presentado por su abogado contra el citado mandamiento del Juzgado de lo Penal número 32 de Madrid . Sin embargo, este trámite no tiene efecto suspensivo y, según las citadas fuentes, pese a su carácter urgente, tiene muy complicado que sea admitido a trámite por la situación procesal del futbolista de 25 años.

Los hechos se remontan al 13 de junio de 2017 cuando Hernández, exjugador del Atletico de Madrid, quebrantó la orden de alejamiento sobre A.S.L, «dictada en condena, plenamente vigente y con pleno desprecio hacia la misma». El defensa no podía acercarse a su entonces novia tras ser condenado en firme por un delito de violencia de género por un incidente entre ambos meses antes.

Sin embargo, pese a ello, la pareja decidió viajar de luna de miel a los Estados Unidos, y ambos se les encontró juntos a la vuelta de Miami en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, en el control de acceso, lo que significaba un quebranto de la prohibición que tenía Hernández de acercarse a menos de 500 metros.

Por este motivo, en diciembre de 2019, el Juzgado de lo Penal número 35 de Madrid condenó a seis meses de prisión al futbolista como autor responsable y ahora el juzgado de ejecutorias «entiende que en este caso no concurren los requisitos legales para otorgarle el beneficio de la suspensión de la pena, dado que no es un delincuente primario».

En este sentido, recuerda que ya consta una primera sentencia firme, de marzo de 2017, por un delito de lesiones en el ámbito de violencia de género y otra sentencia, también firme, por un delito de lesiones en el ámbito de violencia de género, dictada por el Juzgado de lo Penal número cinco de Móstoles (Madrid).

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