Borrar
Rodrigo Rato, a su salida de la Audiencia Nacional, durante la celebración del juicio por las 'black' el año pasado. EFE
La Fiscalía pide al Supremo que confirme las penas por las 'black'

La Fiscalía pide al Supremo que confirme las penas por las 'black'

Admite que se reduzcan los castigos de cinco de los acusados, pero mantiene los cuatro años y medio de cárcel a los que fue condenado Rato

EFE / E. C.

MADRID / GIJÓN.

Jueves, 2 de noviembre 2017, 03:21

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Los 65 acusados por el uso de tarjetas opacas en Caja Madrid, entre ellos Rodrigo Rato, están cada vez más cerca de tener una condena en firme. La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado al Tribunal Supremo que rechace los recursos interpuestos por sus abogados, en un escrito en el que refuta los argumentos de todos ellos. El documento rechaza todas las tesis expuestas por los condenados, incluidos los de los expresidentes Miguel Blesa, fallecido el pasado 19 de julio y condenado a seis años de cárcel, y Rodrigo Rato, condenado a cuatro años y medio, como autores de un delito continuado de apropiación indebida. El tribunal les situó «en el punto de partida» de la «distracción de fondos» y, por ello, también les impuso las penas más altas. Anticorrupción admite, sin embargo, que se reduzcan las condenas de cinco: Francisco José Moure, Antonio Cámara, Gabriel Moreno, Santiago Javier Sánchez y Ramón Ferraz. En total, 19 de los acusados fueron condenados a más de dos años de prisión, si bien la horquilla va de seis años a tres meses. Para los asturianos Estanislao Rodríguez-Ponga y José Manuel Fernández Norniella la pena fue de tres años y dos meses y de un año, respectivamente.

La Fiscalía resume en tres los argumentos expuestos en los recursos: la ausencia de pruebas de cargo que justifiquen la condena, la impugnación de las hojas de Excel que contenían los gastos y el desconocimiento de que el uso de las visas era ilícito. Sobre este punto, Anticorrupción señala que «sostengan lo que sostengan los recurrentes», consejeros y directivos contaban «con conocimientos que superan los del hombre medio, al menos, en el ámbito bancario», pero ninguno mostró curiosidad por ese «opaco entramado», ni se molestó en comprobar «por sí mismo» que no se incluía en su nómina y que no se declaraba a Hacienda. Las tarjetas carecían de amparo normativo y estatutario y conllevaron una ilícita disposición de fondos ajenos que ocasionó un quebranto para la entidad financiera que «quedó plasmado en sus cuentas». Blesa y Rato «conocían la ajeneidad del dinero», destaca el escrito, pero el resto de consejeros y directivos dispusieron de este «como si fuera propio», contribuyendo así a la apropiación realizada por los expresidentes.

Sobre la ausencia de pruebas de cargo, la Fiscalía rechaza que se haya dictado una sentencia «a bulto» para todos ellos, en vez de considerarlos de forma individualizada, y recuerda que las pruebas presentadas durante el juicio se han tenido en cuenta respecto de todos los acusados, «pues todos ellos desempeñaban igual actividad en su respectivo puesto o cargo y la conducta criminal fue básicamente la misma».

Negación de las pruebas

Los recurrentes se limitan a negar eficacia acreditativa a las pruebas, pero no consiguen demostrar que «los gastos no procedieran de las tarjetas o que no fueron por ellos utilizadas». No se trata, prosigue el documento, de exigir «una prueba diabólica», sino de demostrar que lo expuesto era incierto, «diferente u opuesto» a lo reflejado en las hojas de gastos; pero «ninguno propuso una pericial de contraste respecto de los datos obrantes en el sistema central de la entidad y los volcados en la hoja Excel». Todo el entramado que acompañaba a la emisión de las tarjetas «nada tenía que ver con una lícita disposición de fondos», y ninguno ha aportado indicio alguno que acredite que se trataba de incentivos, retribuciones, gastos de representación o equivalente. En cuanto a la validez de las hojas Excel, y la pretensión de los condenados de que cada cargo tenga que ser probad,o «merced a una suerte combinada del cargo en la cuenta y la boleta o justificante del pago que se expide tras el uso de la tarjeta», señala que en muchas operaciones con tarjeta «no está previsto que se expida boleta o resguardo justificativo de la operación».

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios