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Más de 80.000 asturianos podrán reclamar el impuesto sobre las hipotecas

Más de 80.000 asturianos podrán reclamar el impuesto sobre las hipotecas

El Supremo abre la puerta a devoluciones masivas y hace perder 5.000 millones a las entidades financieras

JOSÉ M. CAMARERO

MADRID.

Jueves, 1 de enero 1970

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La banca finalizará el año con un nuevo mazazo judicial relacionado con las hipotecas, el producto que más beneficios le aporta a largo plazo, pero a la vez, el que más problemas le está suponiendo en los últimos meses. A partir de ahora, las entidades tendrán que asumir el abono del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), uno de los tributos que se pagan al constituir los préstamos sobre vivienda, por el que las Administraciones recaudan al año entre 1.500 y 2.000 millones de euros. Esa será la factura que deberá tener en cuenta el sector, y que hasta ahora liquidaban sus clientes dentro del conjunto de gastos de formalización, también en el radar judicial.

Los hipotecados vuelven a tener el respaldo del Tribunal Supremo en una de las cuestiones más peliagudas relacionada un crédito inmobiliario. El alto tribunal les libra de liquidar ese tributo a través de una sentencia inesperada, porque a principios de año ese mismo órgano jurídico había establecido lo contrario: que eran esas familias y no la entidad, las que pagaban el tributo.

Sin embargo, los magistrados de la Sala Tercera del alto tribunal han hecho una nueva reinterpretación de la norma en la que concluyen que no es el prestatario el sujeto pasivo del AJD en las escrituras, sino la entidad que presta la suma correspondiente. Interpretan que la operación que se inscribe en esta documentación es la hipoteca y que el único «interesado» en la elevación a escritura y la posterior inscripción es el prestamista, «que solo mediante dicha inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y privilegiada que deriva la hipoteca», como, por ejemplo, ante un posible impago.

La sentencia anula un artículo del reglamento del Impuesto de AJD, el que establecía que la entidad es el sujeto pasivo del impuesto por ser contrario a la ley. Y aclara otra sentencia, de 2015, en la que declaraba «abusivo» cargar todos los gastos de constitución de las hipotecas al cliente, aunque no especificaba cuáles correspondían a una parte y otra.

La pregunta que se hacen ahora millones de hipotecados es si tienen derecho a que se les devuelva el importe del impuesto pagado en su momento a su comunidad autónoma, ya que el AJD es una figura cedida a las regiones; y si es así, quién se lo debe reintegrar. Dos cuestiones que tardarán en dirimirse a la espera de que las partes implicadas se vayan pronunciando.

El sector pagará desde hoy

Por lo pronto, la banca se desentiende del problema alegando que este fallo solo supone un cambio de criterio de un impuesto. En cualquier caso, a partir de ahora pagarán el AJD, pero no tienen por qué ser las entidades las que lo devuelvan a los clientes. Esta novedad les supondrá una nueva carga de la que hasta ahora se libraban. Solo entre 2013 y 2016, los contribuyentes han pagado más de 6.000 millones de euros por este concepto.

En un comunicado conjunto entre la AEB, la CECA y UNACC, sostienen que este fallo es una mera «cuestión de naturaleza tributaria». Además, el sector recuerda que «no ha percibido cantidad alguna de sus clientes por este concepto», sino que ese dinero se abonó del hipotecado al fisco. Además, las patronales del sector financiero han vuelto a «reclamar mayor seguridad jurídica y unas reglas claras y predecibles» para el mercado hipotecario.

Las dudas sobre las repercusiones de la sentencia alcanzan incluso al Ministerio de Hacienda, el receptor de esa recaudación impositiva realizada por el contribuyente que la sufragó, y que ahora está en cuestión. Desde el departamento dirigido por María Jesús Montero se limitan a aclarar que están «estudiando la sentencia para ver su impacto y la forma de proceder».

Las últimas cifras disponibles del Banco de España señalan que el sector financiero cuenta actualmente con unas 6,3 millones de hipotecas en vigor, a los que habría que sumar aquellos que han realizado novaciones -cambios en las condiciones de sus préstamos, siempre que sean para ampliar capital, que es cuando se vuelve a pagar AJD-. Según la Unión de Consumidores (UCE), en el caso de Asturias el fallo del Supremo afectaría a más de 80.000 familias.

El tributo aplica un tipo que va del 0,5% hasta el 1,5% sobre el importe de la operación, pues varía en función de cada región. En el caso de Asturias, el tipo es de 1,2% . Los importes medios que van desde los 600 hasta los 1.800 euros por hipoteca. Con estas cifras, si la banca tuviera que asumir el impuesto pagado por sus clientes, podría tener un agujero de entre 4.000 millones y 9.000 millones.

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