Así se endurecerán las condiciones de acceso y cobro de la pensión de jubilación
El ministro de Seguridad Social apuesta por ampliar de 25 a 35 el periodo computable para calcular la prestación y desincentivar las jubilaciones anticipadas
jorge murcia
Jueves, 26 de marzo 2020, 03:37
El gasto en pensiones crece año a año y lo hará con más fuerza a partir del 2025, cuando comience a jubilarse la generación del 'baby boom'. Así que las condiciones para acceder al retiro y cobrar la prestación de jubilación serán cada vez más duras. Ya lo son, como consecuencia de la reforma de las pensiones aprobada en 2011. Y lo serán más en un futuro inmediato si se ponen en marcha otra serie de medidas propuestas por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, y que tendrán que ser debatidas en el Pacto de Toledo cuando la crisis del coronavirus haya pasado.
Retraso en la edad oficial de jubilación
La edad oficial de retiro se está alargando progresivamente, de manera que este año es de 65 años y 10 meses, si bien aquellos que hayan cotizado al menos 37 años pueden retirarse a los 65. Para 2027 será necesario haber cumplido 67 años. En el caso de la jubilación parcial -para aquellos que quieran compatibilizar el retiro con un trabajo a tiempo parcial-, la edad mínima de acceso queda establecida en los 61 años y 10 meses, siempre que se tengan cotizados 35 o más años. Si la carrera laboral ha durado al menos 33 años, se permite acceder a la jubilación con 62 años y 8 meses.
Conviene diferenciar, en todo caso, la edad legal de la jubilación con la efectiva, ya que muchos trabajadores se acogen -ya sea de forma voluntaria o forzosa- a prejubilaciones. La edad efectiva de jubilación prevista para España en 2020 será, si no cambia la normativa actual, de 64,5 años. Escrivá apuntaba, en un informe realizado cuando aún era máximo responsable de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (la AIReF), que el aumento de un año en esa edad efectiva permitiría contener el gasto en pensiones entre 0,4 puntos y 1,2 puntos porcentuales del PIB en 2048.
Ya en su papel de ministro, Escrivá ha subrayado la necesidad de usar «incentivos positivos» que contribuyan a acercar la edad efectiva de jubilación y la legal. Existen mecanismos para prolongar la vida laboral, pero el ministro sostiene que apenas se utilizan, muchas veces por «desconocimiento». Por tanto, el ministerio que dirige evaluará los incentivos actuales «para optimizar su utilización». Y, si es preciso, «redefinir alguno de sus elementos».
Durante una comparecencia celebrada a principios de mes en la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo del Congreso de los Diputados, Escrivá repasó algunas de esas fórmulas. Por ejemplo, el porcentaje adicional de prestación por cada año cotizado por encima de la edad legal de jubilación -oscila entre el 2% y el 4% según la carrera de cotización del trabajador-; el complemento por demora o la exoneración de la obligación de cotizar.
Desincentivar la jubilación anticipada
Este propósito corre paralelo a la necesidad de revisar la normativa sobre las jubilaciones anticipadas voluntarias. Según Escrivá, desde el año 2015 el número de retiros consumados antes de la edad legal ha aumentado un 66%, de forma que el pasado año representaron el 16% del total. Eso sí, los trabajadores que decidan retirarse de forma anticipada deben saber que su jubilación se verá mermada al aplicarse una serie de coeficientes reductores.
Aumentar el periodo de cálculo para la prestación de jubilación
Otra de las propuestas contempladas en el informe de la AIReF era la de aumentar de 25 a 35 años de cotización el periodo de cómputo para calcular el importe de la prestación. Según el estudio, reduciría en medio punto del PIB es gasto en prestaciones, puesto que serían más bajas que si se toma en consideración sólo los 25 últimos años. La razón es que así entrarían en el cálculo sueldos más bajos, que normalmente son los que se suelen percibir en los primeros años de trabajo. Esta medida, según la AIReF, reforzaría el carácter contributivo del sistema de pensiones e incentivaría las cotizaciones a lo largo de toda la vida laboral. Sobre todo «cuando existe margen para decidir la base de cotización, como en el Régimen Especial de Autónomos».