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Renta 2018: Comienza la campaña, la primera que no admite ningún papel

Comienza la campaña de la Renta 2018, la primera que no admite ningún papel

A partir de hoy se puede confirmar el borrador del IRPF, pero los expertos recomiendan revisarlo bien antes para aplicar todas las deducciones

edurnemartínez

Martes, 2 de abril 2019, 03:50

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La campaña de la Renta 2018comienza hoy con la apertura de los servicios web de la Agencia Tributaria para que los más de 20 millones de contribuyentes a los que les toca declarar puedan empezar a hacerlo hasta el 1 de julio. Pero los plazos se han adelantado respecto a la fecha de comienzo oficial para agilizar los trámites. Así, desde el 15 de marzo los ciudadanos podían ya consultar en la web de la AEAT sus datos fiscales para conocer cuál es la información con la que cuenta Hacienda. Por otro lado, ayer dio comienzo el plazo para solicitar cita previa para poder presentar la declaración por teléfono mediante el plan de ayuda 'Le llamamos' de la Agencia Tributaria, que finaliza el próximo 28 de junio.

Con este plan que se puso en marcha en la campaña de la Renta del año pasado, se evita el desplazamiento de los contribuyentes a las oficinas y permite adelantar la tramitación de la declaración. Desde la AEAT señalan que este servicio hace que la asistencia presencial pueda «especializarse en la realización de declaraciones más complejas».

A partir de ayer ya se puede pedir cita por teléfono (915530071 y 915357326), por internet o por la aplicación móvil de la AEAT y elegir el día y la hora en que la Agencia se pondrá en contacto con el contribuyente para presentar su declaración. Las citas se facilitan cada 15 minutos y las llamadas se hacen entre las 9.00 y las 20.30 horas.

En el momento en el que Hacienda nos llama debe autentificarse el titular de la declaración y tendrá que estar presente el cónyuge en caso de presentar la declaración de forma conjunta. Para poder beneficiarse de esta ayuda telefónica no hay límites de renta, pero sí existen otros requisitos. Por ejemplo, quedan excluidos todos los contribuyentes con algún tipo de ingresos de capital inmobiliario como alquileres. Tampoco lo podrán utilizar cuando hayan registrado algún ingreso por actividades económicas ya sea por estimación directa o por módulos, con lo que los autónomos quedan fuera de este servicio. Y los que tampoco podrán usar esta vía son los que se van a aplicar deducciones por doble imposición internacional, regularización de la cláusula suelo y compensación de pérdidas patrimoniales de años anteriores.

Pero entrando en las novedades de la campaña de este año, una de las más destacadas es la decisión de Hacienda de suprimir la 'predeclaración' en papel porque esos documentos generaban en ocasiones «duplicidades de presentación» que posteriormente había que depurar y podían generar retrasos en el caso de las rentas con resultado a devolver, según explica la AEAT. En vez de esto, la declaración debe presentarse a través de internet, por teléfono o en las oficinas de la Agencia previa solicitud de cita para confirmar el borrador.

Esto no significa que el ciudadano no pueda imprimir una vista previa si prefiere comprobar todos los datos en formato físico antes de confirmar el borrador, pero la diferencia es que esta impresión no servirá para la presentación física.

Si la declaración fuera a ingresar el contribuyente podrá domiciliar el ingreso, ingresar obteniendo un número de referencia completo (NRC) de su entidad bancaria o bien podrá efectuar el pago a través de un documento para el ingreso en una entidad colaboradora que deberá imprimir y proceder a efectuar dicho ingreso.

Revisar el borrador

Uno de los fallos más comunes en estos días de campaña de la Renta es que los contribuyentes que consultan el borrador y ven que les sale a devolver –aunque sea poco– directamente confirman el documento sin prestarle demasiada atención. Sin embargo, los expertos recomiendan que se analice el borrador porque pueden introducirse algunas correcciones con las que incrementar la devolución que se percibe.

Hay que hacer un poco de memoria y recordar todos los elementos por los que un ciudadano se puede desgravar a Hacienda o saldos negativos del año anterior que no aparece en ese borrador y que se pueden incorporar. Desde el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) aseguran que hay una larga lista de desgravaciones a las que los contribuyentes se pueden acoger. Es el caso de las prestaciones exentas de IRPF por maternidad y paternidad, las deducciones por guardería (novedad de este año), las ayudas por familia numerosa, becas públicas, cuotas sindicales y colegios profesionales, ayuda al alquiler, compra de vivienda (previa a 2013), cláusulas suelo, donativos a ONG o todas las desgravaciones a las que pueden acceder los autónomos por los pagos del agua, la luz o el teléfono, por ejemplo.

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