Las pagas en favor de familiares se elevan un 28% en una década
Pueden recibirla parientes que dependieran del fallecido, sin medios ni derecho a otra prestación, y la cobran 1.870 personas en la región
N. A. ERAUSQUIN / J. MURCIA
GIJÓN.
Lunes, 6 de marzo 2023, 01:06
Más allá de las pensiones de jubilación o viudedad, las más habituales, el sistema español también cuenta con otros tipos como las de incapacidad permanente, orfandad o favor en familiares. Dentro de las contributivas esta última es la que cobran menos asturianos y también la más desconocida. Pueden acceder a ella parientes dependientes económicamente de la persona fallecida, que debe haber cumplido unos requisitos de cotización, siempre que hayan convivido con ella durante al menos dos años antes de la muerte, no tengan derecho a otra prestación, carezcan de medios de subsistencia y acrediten una serie de requisitos.
Su objetivo es proteger a esas personas de la situación de necesidad económica ocasionada por el fallecimiento. En Asturias la perciben 1.870 personas, casi un 4% más que hace un año. La cifra es creciente, hay un 15,7% más beneficiarios que un lustro atrás y un 28% más que hace una década, cuando la cifra ni siquiera llegaba a 1.500.
Al cierre de diciembre, la pensión media de este tipo en Asturias era de 868,63 euros, pero tras la revalorización de las pensiones contributivas del 8,5% recogida en los Presupuestos Generales del Estado, en 2023 aumenta cerca de 74 euros hasta superar los 942 euros. Como el resto de prestaciones contributivas, la pensión en favor de familiares se abona en 14 pagas (12 ordinarias más dos extraordinarias en junio y noviembre), así que la cuantía anual media rozará los 13.200 euros. A 31 de diciembre, la factura mensual para las arcas de la Seguridad Social que suponían estas pensiones en el Principado ascendía a 1,6 millones de euros. Ahora escalará ese 8,5%.
En cualquier caso, el importe de esta prestación depende de varios factores. La cuantía mínima queda tras la revalorización en 239,45 euros por beneficiario (3.352,43 euros anuales). Es decir, casi 19 más al mes que en 2022. Si existen varias personas con derecho a cobrar la prestación, el mínimo anual asignado a cada una se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.953 euros al año entre el número de beneficiarios. En el supuesto de que la persona fallecida no deje ni viuda ni huérfanos pensionistas, cuando hay un único beneficiario con 65 años o más, la prestación mínima se sitúa en 587,41 euros y, si es menor de esa edad, en 545,10 euros.
Cálculo
La cuantía se calcula aplicando un 20% a la base reguladora. Esta es diferente según la situación laboral de la persona que da derecho a la prestación en el momento de su fallecimiento y de la causa de su muerte. Si no hay cónyuge superviviente ni hijos con derecho a pensión, la cuantía de la prestación se incrementará con el 52% correspondiente a la viudedad, según orden de preferencia, y con el límite del 100% de la base reguladora correspondiente. De ahí que se establezca un orden de prioridad entre los potenciales beneficiarios. Así, los nietos y hermanos del fallecido ocupan el primer lugar, aunque para cobrarla no pueden tener padres y deben ser menores de 18 años o mayores con un determinado grado de incapacidad.
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