Borrar

Los juristas aprueban la medida del Gobierno de Sánchez porque «aclarará la norma»

Critican la actuación del Tribunal Supremo por convocar el Pleno «después de emitir tres sentencias firmes en el mismo sentido»

P. LAMADRID

GIJÓN.

Jueves, 8 de noviembre 2018, 03:41

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

«La modificación propuesta por Pedro Sánchez me parece estupenda porque todo lo que suponga aclarar las normas es bienvenido». La jueza decana de Oviedo, Pilar Martínez Ceyanes, se mostró ayer conforme con la decisión del presidente del Gobierno de promover un decreto ley para modificar la normativa relativa al impuesto de Actos Jurídicos Documentados, de forma que el pago de la tasa recaiga sobre las entidades y no sobre los usuarios. En su opinión, «la norma existente es muy ambigua y eso es lo que ha provocado que la jurisprudencia entendiera una cosa y luego la contraria. Cuando las normas son claras, hay menos litigiosidad», indicó Martínez Ceyanes. Sobre el cambio de tercio del Tribunal Supremo, se trata de un acontecimiento «inédito». La jueza decana de Oviedo señaló que es «relativamente habitual» que un asunto de gran trascendencia se lleve al Pleno de una sala, sí criticó que no se hubiera hecho antes en este caso.

«Lo insólito es que se convocara después de que el Supremo dictara tres sentencias en un mismo sentido», el contrario que siguieron los magistrados el martes, cuando decretaron que son los clientes quienes deben abonar el tributo. «Eso nos sorprendió a todos y fue por lo que el presidente del Supremo, Carlos Lesmes, pidió disculpas a la ciudadanía», añadió Martínez Ceyanes. El catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de Oviedo y presidente de la Real Academia Asturiana de Jurisprudencia, Leopoldo Tolivar Alas, también aprobó la modificación de la norma. «No me parece mal y su decisión nunca podría tener efectos retroactivos. El problema lo ha creado el Tribunal Supremo, ya que incluso esta misma decisión consensuada habría tenido detractores, pero la polémica habría sido más limitada», señaló.

Coincidió con Martínez Ceyanes en que lo correcto habría sido «buscar un criterio único con antelación», puesto que estaban pendientes varios recursos de casación. «Hacerlo a posteriori, con sentencias firmes inatacables y luego dar marcha atrás es una situación insólita y alarmante», manifestó Tolivar Alas, quien no dudó en calificar este suceso «como el episodio judicial más lamentable que ha vivido la Sala Tercera del Supremo por la inseguridad que ha creado».

Capacidad recaudatoria

Por su parte, el decano del Colegio de Economistas de Asturias, Miguel de la Fuente, apuntó que es el impuesto de Actos Jurídicos Documentados tiene un tipo «bastante bajo», que fluctúa en España entre el 0,5% y el 1,5%. Aunque su capacidad recaudatoria es mucho más limitada que la de otros tributos, parece claro que «si se elimina, seguramente veríamos subir otros o la creación de un nuevo impuesto para sustituirlo», pronosticó, de modo que no mermaran los ingresos, ya que es ineludible cumplir con las exigencias marcadas por la Unión Europea en materia fiscal.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios