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Cimadevilla estrena nuevo control de acceso de vehículos

A partir de uno de noviembre se pondrá en funcionamiento el nuevo sistema de control de accesos mediante la lectura de matrículas por cámaras de vídeo

elcomercio.es

Viernes, 3 de octubre 2014, 15:48

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A partir de uno de noviembre se pondrá en funcionamiento el nuevo sistema de control de accesos a Cimavilla mediante la lectura de matrículas por cámaras de vídeo. Dicho acceso estará restringido todos los días desde las 21 horas hasta las 7 horas del día siguiente. Por lo tanto, para poder acceder con un vehículo al barrio alto de la ciudad en esta franja horaria será necesario cumplir una serie de requisitos que se aprobaron el 28 de mayo.

Se permitirá el acceso al casco antiguo de la ciudad a los vehículos que se encuentren dentro de alguno de estos supuestos:

Ser propietario que disponga de la tarjeta de la ORA para la zona de Cimadevilla; ser propietario o estar de alquiler y a la vez empadronado; ser propietario o estar de alquiler; ser propietario o estar de alquiler en una plaza de garaje, o ser usuario de la misma, poseer un coche eléctrico; los vehículos de servicio oficial externamente identificados, propiedad del las Entidades Locales, Institucionales, de las Comunidades Autónomas o del Estado que estén asignados directamente a la prestación de los servicios públicos de su competencia; las ambulancias; los vehículos directamente asignados a la asistencia sanitaria que pertenezcan, y así conste en el permiso de circulación correspondiente, a la Seguridad Social, Cruz Roja o Instituciones declaradas benéficas, siempre que éstas últimas presten exclusivamente servicios sin remuneración alguna; los auto taxi con licencia en vigor;los vehículos de sustitución temporales. En este caso el vehículo sustituido deberá contar previamente con la autorización de acceso correspondiente. Durante el tiempo que dure dicha sustitución se suspenderá la autorización del vehículo sustituido, que volverá a tener vigencia cuando finalice.

A los vehículos autorizados en base a disponer de una plaza de garaje sólo se les permite el acceso a la plaza de garaje y sin que se permita estacionar en la vía pública, ni aún en los lugares señalizados para ello, durante los días y horas en que rija la prohibición de acceso al casco antiguo de Cimavilla.

Para facilitar situaciones imprevistas (acompañamiento de familiares o personas mayores, etc.) se permitirá el acceso a la zona restringida de cualquier vehículo por un tiempo máximo de una hora. Dicho tiempo se computará desde que el vehículo acceda por uno de los puntos de entrada hasta que abandone la zona restringida por una de las salidas. Los puntos de entrada y salida estarán debidamente señalizados. Todos los usuarios que cumplan las condiciones para acceder a Cimavilla deberán solicitar la autorización correspondiente, que se concederá para el año que se solicite, con vigencia hasta el día 31 de diciembre de ese año.La autorización deberá ser renovada anualmente.

Como excepción, a los usuarios que soliciten la autorización para acceder a Cimavilla durante el año 2014 y cumplan las condiciones anteriores se les otorgará dicha autorización hasta el día 31 de diciembre de 2015.

Los usuarios que dispongan de tarjeta de la ORA para la zona de Cimavilla no necesitarán hacer la solicitud de autorización, ya que dicha autorización se concederá automáticamente para la matrícula que figure en la tarjeta de la ORA mientras dicha tarjeta esté en vigor.

Las condiciones  que permiten el acceso a Cimavilla se acreditarán aportando la documentación que corresponda según los casos: personas físicas residentes en Cimavilla: presentando el DNI o permiso de residencia en el que conste la dirección de residencia en la zona de Cimavilla. Personas jurídicas: presentando el recibo del Impuesto de Actividades Económicas donde conste la dirección en Cimavilla; propiedad del vehículo: Permiso de circulación del vehículo a nombre de la persona física o jurídica o autorización al Ayuntamiento para consultar los datos en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico; Alquiler, renting o leasing del vehículo: contrato en el que figure la persona física o jurídica;propiedad de plaza de garaje: escritura de propiedad a nombre de la persona física o jurídica; alquiler de plaza de garaje: contrato de alquiler a nombre de la persona física o jurídica; vivienda en propiedad: Escritura a nombre de la persona física o jurídica; vivienda en alquiler: contrato de alquiler a nombre de la persona física o jurídica; vehículos de sustitución: escrito de la empresa propietaria del vehículo de sustitución autorizando su uso a la persona física o jurídica.

Las autorizaciones se podrán solicitar a partir del día 1 de octubre de 2014, presentando la documentación correspondiente en los registros municipales sitos en el Edificio Administrativo Antigua Pescadería Municipal, en las Oficinas de Atención al Ciudadano de los Centros Municipales Integrados de LArena, Ateneo de la Calzada, El Coto, Pumarín Gijón-Sur y El Llano, y en el edificio Administrativo Antiguo Hogar, en horario de atención al público.

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