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Condenados 5 aficionados radicales del Sporting por injurias a EL COMERCIO

Profirieron insultos y amenazas en las redes sociales a una redactora por la publicación de las detenciones de varios ultras por agresiones

E. C.

Domingo, 19 de octubre 2014, 01:11

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Cinco aficionados radicales del Sporting han sido condenados como autores penalmente responsables de una falta de injurias por las amenazas e insultos vertidos en las redes sociales hacia la redactora Olaya Suárez a raíz de las informaciones publicadas en diferentes momentos sobre las detenciones policiales de varios ultras por su supuesta participación en agresiones y riñas tumultuosas con otros seguidores de equipos rivales. La sentencia emitida por el juzgado de Instrucción número 1 de Gijón ha sido confirmada por la Sección Octava de la Audiencia Provincial después de que este tribunal rechazase el recurso interpuesto por los procesados, alegando una vulneración del derecho fundamental relativo a la intimidad personal en el transcurso de las identificaciones.

«No se cometió infracción en el trámite de identificación de los denunciados, pues como correctamente se explica en la fundamentación de la sentencia, se trata de publicaciones injuriosas vertidas en redes sociales públicas de acceso libre por los usuarios en las que incluso aparecen las fotografías de los autores o titulares de las cuentas, lo que conecta directamente con la autoría de estas personas como documentalmente se ha acreditado».

En Facebook y Twitter

Durante el juicio celebrado el pasado mes de mayo, los denunciados negaron ser los autores de los insultos y amenazas e, incluso, alguno llegó a decir que no era ni siquiera seguidor del Sporting. Sin embargo, la jueza considera «probado que el día 22 de mayo de 2013, Javier S. M., José Alberto F. M. y Cristina P., guiados con ánimo de atentar contra el honor y la dignidad, publicaron en la red social Facebook, los dos primeros, y en Twitter, la segunda, comentarios de índole insultante y ofensivo, a raíz de la puesta a disposición judicial el día anterior de un grupo de personas relacionadas con los incidentes que tuvieron lugar el día 11 de mayo durante un encuentro de fútbol y la presencia en la sede de los juzgados de la denunciante, lugar donde se encontraba trabajando en su condición de profesional del periodismo del diario EL COMERCIO. Ese día, Pablo S. P., presente en las inmediaciones en compañía de otras personas no identificadas profirió frente a la misma expresiones insultantes y vejatorias. Por su parte, y con la misma finalidad, Illán M. A., publicó comentarios del mismo tono en Facebook los días 23, 24 y 25 de mayor, en todo momento ofensivos e insultantes».

Por ese motivo, condena a Pablo P. S., Cristina P. F., José Alberto F. M. y Javier S. M. como autores penalmente responsable de una falta de injurias a la pena de quince días de multa a razón de ocho euros de cuota diaria (120 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, a razón de la privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas. Por su parte, a Illán S. M., como autor de una falta de injurias, es condenado a la pena de veinte días de multa a razón de ocho euros de cuota diaria (60 euros), a razón de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas y al pago de las costas causadas.

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