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Las multas por consumo oscilan entre los 601 y los 40.000 euros

O. S.

Domingo, 18 de septiembre 2016, 01:19

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La entrada en vigor el año pasado de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, la denominada 'ley mordaza', ha traído consigo un endurecimiento de las sanciones por tenencia de droga para consumo propio. Las multas por consumo o tenencia en lugares o establecimientos públicos oscilan entre los 601 y los 40.000 euros, dependiendo de si se trata de la primera infracción de este tipo o si existen circunstancias agravantes.

La Ley establece una serie de criterios que quedan en manos de la Administración a la hora de determinar el tipo de sanción: la entidad del riesgo producido para la salud pública o seguridad ciudadana, la cuantía del perjuicio causado, la trascendencia, el beneficio económico, la capacidad económica del infractor, la cantidad y el grado de culpabilidad. Si se cometen dos infracciones en menos de dos años se considera una infracción grave y la cuantía a pagar rondará los 10.000 euros. Será la Justicia la que determine si la cantidad de droga decomisada puede ser de consumo propio o bien está destinada a la venta a terceros, por lo que se considerará un delito contra la salud pública y conllevará la pena privativa de libertad. Sea como sea, la tenencia de droga y el consumo en la calle acarrea sanciones económicas.

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