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Sara Menéndez, presidenta de la Unión de Comerciantes. J. PETEIRO
Los comercios podrán invocar una cláusula legal para flexibilizar el pago de las rentas de locales

Los comercios podrán invocar una cláusula legal para flexibilizar el pago de las rentas de locales

Su patronal les aconseja negociar modificaciones de los contratos para abonar solo el 50% de marzo y supeditar abril a la vuelta a la normalidad

M. MORO

gijón.

Jueves, 2 de abril 2020, 02:26

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Los comercios locales podrán acogerse a una cláusula legal para flexibilizar el pago de la renta de sus locales, durante el tiempo que duren las actuales restricciones por el coronavirus, en caso de que se topen con propietarios intransigentes.

Esa cláusula legal que pueden invocar se denomina 'rebus sic standibus' ('así están las cosas' en latín) y está sustentada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo en las sentencias 333/2014 de 30 de junio y 591/2014 de 15 de octubre. Dichos fallos del Alto Tribunal establecen los requisitos para fundamentar en esta cláusula la modificación de los contratos entre las partes. Uno de ellos es el cambio de circunstancias, que los hechos ocurridos supongan una alteración del equilibrio económico que existía en el momento de la firma con la consecuencia de una injustificada carga económica para una de las partes. Por ello, el cierre obligatorio y por ley de los comercios es una circunstancia que se ajusta a este requisito.

También se puede esgrimir esta solución jurídica por imprevisibilidad cuando los hechos que obligan a revisar el acuerdo contractual no podían haber sido previstos por ninguna de las partes y la declaración del estado de alarma ha sido, a este respecto, totalmente imprevisible. Y un tercer supuesto que recoge la jurisprudencia del Supremos es la excesiva onerosidad para una de las partes como en este caso lo es para el comerciante, que carece de ingresos desde el momento en que se declara el estado de alarma y carecerá de ellos hasta que se normalice la situación.

La Unión de Comerciantes del Principado, patronal de los minoristas, ha dado por escrito a sus socios unas pautas para afrontar la negociación con los arrendadores, ya que los alquileres comerciales son una de las principales preocupaciones y motivos de consulta del sector tras declararse el estado de alarma.

Para las situaciones extremas, en aquellas que los propietarios no se avengan a negociar ninguna salida para reducir o aplazar el pago de la renta del local en la actual situación de fuerza mayor, la entidad aconseja a los minoristas un modelo de carta. Una misiva tipo para solicitar a los dueños de los locales donde trabajan una modificación temporal del contrato de alquiler que permita abonar en la próxima renta únicamente los 14 días de apertura normal de la empresa en marzo, el 50%. Y para la renta de abril recomienda que el pago quede condicionado a la normalización de la situación cuando haya libertad de movimiento de las personas por las calles y apertura de todo tipo de comercios.

No obstante, la Unión aconseja como primera opción leer los contratos para ver lo que se ha pactado sobre las rentas del local y negociar con los propietarios reducciones o aplazamiento con fraccionamiento de pago.

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