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Beatriz Rodríguez Zapico, abogada del exmarido. PALOMA UCHA

La cuantiosa multa a una vecina de Gijón por pedir un abogado de oficio a sabiendas de que no le correspondía

Con ingresos superiores a 30.000 euros anuales, pretendía dilatar así el proceso iniciado por su expareja para extinguir la pensión alimenticia

Lunes, 27 de mayo 2024, 02:00

Como abogada y como responsable del Turno de Oficio y Asistencia Jurídica Gratuita del Colegio de Abogados de Oviedo, cargo que desempeñó entre 2011 y 2015, Beatriz Rodríguez Zapico siempre reprochó «las prácticas abusivas» de quienes, «sin ningún tipo de escrúpulo, en beneficio propio y en perjuicio de terceros» hacían un uso abusivo del derecho a la asistencia jurídica gratuita. Ahora acaba de conseguir una sentencia condenatoria contra una mujer que, a sabiendas de que sus ingresos superaban con creces los límites establecidos para tener derecho a un procurador y un abogado de oficio –estaba prejubilada de Hunosa y, además, era propietaria de dos viviendas (una de ellas alquilada), un local comercial y dos plazas de garaje–, solicitó tal derecho.

¿Por qué lo hizo? Porque la tramitación de los expedientes de justicia gratuita conlleva un proceso de varios meses y, mientras se resuelven y no, se consigue dilatar otros procedimientos legales. En este caso, «la obligación de pago de la pensión alimenticia fijada con cargo a su expareja», el demandante, que en 2020 interpuso contra ella una demanda de modificación de medidas para extinguir la pensión de 550 euros mensuales establecida a favor de su hijo.

La maniobra le salió bien hasta cierto punto. Consiguió demorar el proceso once meses, pero, al final, su expareja alcanzó su propósito (dejar de abonar la pensión alimenticia por sentencia judicial con fecha 6 de junio de 2022) y ella ha sido condenada a pagar 2.000 euros en concepto de indemnización por solicitar un abogado de oficio pese a tener recursos más que sobrados para contratar a uno particular, como, de hecho, ya había ocurrido en otras ocasiones.

Contra la sentencia que estimó íntegramente la demanda de su exmarido para la extinción de la pensión alimenticia, la ahora condenada interpuso recurso de apelación, pero solo respecto de las costas impuestas, anota la abogada Beatriz Rodríguez.

La sentencia del juzgado de Primera Instancia número 12 de Gijón, que fue dictada el pasado martes, es muy clara. En ella queda constancia de que el ejercicio del derecho de asistencia jurídica gratuita «se ha llevado a cabo en contra de sus legítimos fines económicos y sociales, esto es, 'asegurar la gratuidad de la asistencia jurídica para quienes carecen de suficientes recursos económicos', con la única finalidad de suspender y provocar una dilación indebida del proceso mientras se tramitaba, de tal forma que se continuaba produciendo el cobro de la pensión alimenticia fijada con cargo al demandante respecto del proceso de modificación de medidas instado contra la demandada».

La demanda que Beatriz Rodríguez Zapico presentó en nombre de su cliente por abuso del derecho fijaba en 2.000 euros el importe de la indemnización porque «no tenía como finalidad un lucro económico, únicamente poner fin a las prácticas de quienes hacen un uso abusivo del derecho a la asistencia jurídica gratuita, pervirtiendo el sistema de tutela judicial efectiva y aprovechándose del amparo que ofrece una ley que, a día de hoy, no cuenta con instrumento alguno para poner fin a conductas como la denunciada».

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