Dos mujeres pasean a sus perros en el 'solarón'. JUAN CARLOS ROMÁN

Gijón plantea multar a quien deje dos horas a su mascota en el coche o use perreras muy pequeñas

Los ataques o daños a las colonias felinas serían «infracción muy grave», sancionable con entre 1.500 y 3.000 euros

IVÁN VILLAR

GIJÓN.

Sábado, 3 de diciembre 2022, 01:08

Dos horas. Es el tiempo máximo que el Ayuntamiento de Gijón estudia permitir que un perro permanezca dentro de un vehículo estacionado, siempre y cuando se hayan adoptado además «las medidas necesarias que permitan la aireación del habitáculo». En los meses de verano el límite se reduciría a una hora y siempre aparcando el coche «preferentemente en una zona de sombra». El primer límite temporal reduce a la mitad el que contempla la actual ordenanza de animales de compañía (cuatro horas) y el segundo sería una obligación de nuevo cuño. Incumplir cualquiera de estas disposiciones se consideraría una infracción leve, sancionable con entre 300 y 750 euros, teniendo en cuenta para establecer la graduación cuestiones como «la importancia del daño causado al animal».

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Esta es una de las novedades recogidas en el documento remitido ya a diversas asociaciones animalistas en el marco de los trámites para aprobar una nueva ordenanza de animales que sustituya a la vigente desde 2011. Fuentes municipales matizan que se trata únicamente de una primera aproximación, a fin de que estas entidades hagan aportaciones que se puedan incorporar al borrador que se pretende debatir en el nuevo Consejo Sectorial de Salud Animal. No obstante, aporta algunas pistas sobre una futura norma municipal que pasará de hablar de la «protección y tenencia de animales de compañía» e incorporar en su nombre una referencia explícita al «bienestar animal». De hecho incorpora a sus objetivos generales el de «garantizar la salud animal, que redundará en una mejora y salvaguarda de la salud y bienestar de las personas».

  • Tenencia de animales

  • En vehículos: no podrán quedar encerrados más de dos horas, o una hora si es verano.

  • En el domicilio: no se podrán dejar solos más de dos días.

  • En el exterior: los de más de 25 kilos deberán disponer de un espacio de al menos diez metros cuadrados.

  • Protección

  • Espectáculos: se prohíbe el uso de animales en circos.

  • Convivencia

  • Micciones: deberán limpiarse con agua los orines, también sobre césped o tierra.

  • Registro: habrá que comunicar al Ayuntamiento cuando en un domicilio haya cinco mascotas.

En el apartado referente a la tenencia de animales, además de lo ya mencionado con respecto a dejarlos encerrados en un vehículo también se modifica el tiempo que pueden quedar solos en una casa, que bajaría de tres a dos días. En cuanto a los perros «que han de permanecer la mayor parte del día en el exterior», ya no bastará con disponer de «habitáculos con materiales impermeables que los protejan de las inclemencias meteorológicas», sino que además, en el caso de perros de más de 25 kilos, será necesario que cuente con un espacio de «al menos diez metros cuadrados por animal».

En materia de protección, a la prohibición de «mantenerlos permanentemente atados o inmovilizados» se suma la de «tomar medidas más allá de lo razonable para impedir que se escapen». Y se suman expresamente los circos al listado de espectáculos que no pueden utilizar animales, equiparándolos en el mismo apartado a las «peleas u otras actividades que puedan derivar en crueldad, causarles sufrimiento o la muerte o hacerles objeto de tratamientos vejatorios».

Diluir los orines con agua

El artículo sobre normas de convivencia mantiene todas las ya vigentes -algunas tan desconocidas y de difícil control como la obligación de pedir permiso a otras personas si se pretende subir con animales a un ascensor compartido-, a la prohibición de que se bañen en fuentes ornamentales y estanques se suma la de beber de ellos y, aunque no habrá más censo municipal que el referente a perros potencialmente peligrosos, sí será necesario comunicar cuando en un mismo domicilio se acoja «a más de cinco mascotas». La obligación de recoger las deposiciones en la vía pública incluirá, en línea con la ordenanza de limpieza, un apartado específico referente a las micciones. «Los orines han de diluirse con una disolución de agua», incluso cuando se hagan sobre «césped, terrarios o árboles», en cuyo caso en esa limpieza debe evitarse «dañar a los organismos vegetales».

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Otra de las novedades del texto es la mayor protección a las colonias felinas, incluyendo como «infracción muy grave», y por tanto sancionable con entre 1.501 y 3.000 euros, «cualquier ataque o daño» hacia estos animales. La intención es incorporar además a la ordenanza un capítulo específico sobre voluntariado, «para implicar a la ciudadanía en la gestión del centro de depósito de animales», y otro sobre perros potencialmente peligrosos, que irá en línea con la legislación autonómica y estatal vigente y considerará infracción «muy grave» «adiestrarlos de modo que se fomente su agresividad».

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