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Miguel Ron. AURELIO FLÓREZ
El Grupo asegura que nunca asumió más gasto que el de otorgamiento de la escritura

El Grupo asegura que nunca asumió más gasto que el de otorgamiento de la escritura

«Hay veces que tenemos que defender lo indefendible, pero en este caso estoy convencido de que tenemos razón», dice el abogado Miguel Ron

E. C.

GIJÓN.

Sábado, 23 de diciembre 2017, 00:35

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El Grupo de Cultura Covadonga no tiene duda de que en todo el proceso de adquisición de la finca La Torriente no asumió más gasto, aparte del estipulado como «precio alzado y total», que el derivado del otorgamiento de la escritura, denominado «de Actos Jurídicos Documentados, que es incompatible con el de Transmisiones Patrimoniales y que solo se devenga en operaciones elevadas a escritura pública en las cuales la operación está sujeta al IVA».

Según dijo ayer a EL COMERCIO el abogado del Grupo, Miguel Ron, «Peñalisa es empresa dedicada a la compra, venta y alquiler de inmuebles que en todo momento fue conocedora de que la operación de La Torriente estaba sujeta al IVA, al tipo del 21%, y que dicho IVA estaba incluido en el precio total pactado».

Respecto a la razón por la que se haya incluido en la escritura una estipulación en la que se cita que «todos los gastos, impuestos y arbitrios, que se originan o devengen por el otorgamiento de la presente escritura, serán satisfechos por la parte compradora, excepto el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, así como los derivados del Impuesto de Bienes Inmuebles relativos al presente ejercicio», Miguel Ron explicó que se refiere, como el propio texto indica, a los gastos o impuestos derivados del otorgamiento de la escritura, ya que todos los demás están incluidos en el precio. En ese sentido, añadió que el IVA no se deriva del otorgamiento de la escritura, sino «de la operación en sí, de forma que habría que pagarlo aunque la operación no se hubiese firmado ante notario».

Los socios, informados

Además, añadieron los servicios jurídicos del Grupo, tanto en las reuniones previas como en la asamblea que autorizó la operación en convocatoria específica y extraordinaria se informó de que el impuesto al que se refiere esa estipulación segunda, es decir, el de Actos Jurídicos Documentados, supone el 1,2% del precio total.

En otro orden de cosas, Miguel Ron manifestó que, si se concreta la demanda anunciada por Peñalisa, S. L., «no solo se defenderán los legítimos intereses del Real Grupo de Cultura Covadonga, sino que se exigirá el resarcimiento de cuantos daños y perjuicios se irroguen a la entidad como consecuencia de lo que a todas luces es un intento por parte de la vendedora de incumplir los acuerdos alcanzados».

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