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La letrada Marta Rodil. D. MORA
La Audiencia desestima el recurso por el rechazo de Rodil como patrona de Cajastur

La Audiencia desestima el recurso por el rechazo de Rodil como patrona de Cajastur

Ratifica que los estatutos no incluyen que las propuestas de las entidades fundadoras, en este caso el Consistorio, sean vinculantes

EL COMERCIO

Gijón

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Miércoles, 30 de mayo 2018, 03:01

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La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Gijón contra la sentencia que rechazó la demanda del Consistorio contra la Fundación Bancaria Caja de Ahorros de Asturias por no hacer efectivo el nombramiento de Marta María Rodil Díaz como patrona de este organismo.

La resolución dictada por la Sección Quinta de la Audiencia señala que el Ayuntamiento de Gijón «no tiene la condición de patrono nato sino de entidad fundadora, a la que se le confiere la facultad de proponer un patrono para su nombramiento por los miembros del patronato», con lo que ostenta un derecho de propuesta para la designación de patrono por parte de dicho órgano. Pero hasta ahí.

El escrito incide en que la sentencia recurrida era lo suficientemente clara al establecer que los estatutos no recogen que la propuesta de las entidades fundadoras sea vinculante para el patronato o que las personas propuestas hayan de ser designadas si cumplen los presupuestos, sino que se establece que el nombramiento se someterá a votación y, para esta, se exige la mayoría absoluta. Un detalle, este último, que no debe pasar inadvertido, ya que la propuesta de Rodil obtuvo solamente un voto a favor, dos en contra y tres abstenciones.

Así, según las consideraciones del tribunal, no cabe concluir que el acuerdo del patronato vulnerara los estatutos o la legislación aplicable. Razón por la cual, además, condena al Ayuntamiento de Gijón al pago de las costas de la apelación. El fallo, eso sí, es recurrible en casación ante el Supremo.

Durante la vista oral, la defensa de la Fundación Bancaria Cajastur argumentó que no hizo efectivo el nombramiento de Marta Rodil como consejera, como acordó el Pleno del Ayuntamiento de Gijón, porque existía un conflicto de intereses, ya que la letrada participó en un proceso judicial en contra de la entidad. El Consistorio, sin embargo, esgrimió que no existía ninguna incompatibilidad entre la persona elegida y los estatutos de la fundación. Cabe recordar que la elección de Rodil, que había representado con anterioridad a trabajadores en el caso del ERE de Liberbank, fue aprobada en el Pleno municipal con los únicos votos a favor de Foro y Xixón Sí Puede.

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