La UE multa a España con 12 millones por la falta de saneamiento en Gijón y otras ocho ciudades
La sanción se incrementa en 10,95 millones al semestre hasta que depure en las ciudades que están obligadas a ello
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acaba de condenar a España al pago de una multa de 12 millones por seguir teniendo grandes ciudades que vierten sus aguas sin tratar al mar. Entre los nueve casos que motivan el castigo se encuentra el de Gijón, que tiene la depuradora del Este sin activar por un conflicto judicial surgido al estimar los magistrados españoles que no se habían cumplido todos los requerimientos a la hora de fijar su ubicación. La multa a España se incrementará en 10,95 millones cada semestre hasta que logre resolver la situación, penalidad de la que se irán descontando cantidades proporcionales en función de las ciudades que vayan logrando legalizar su situación.
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La Comisión Europea interpuso el presente recurso el 20 de abril de 2017, denunciando que España estaba incumpliendo una sentencia previa dictada en 2011 y que ya le condenaba por incumplir la directiva de saneamiento y depuración de aguas en parte de sus aglomeraciones urbanas. Esa primera sentencia suponía el reproche al país, pero no comportó sanción alguna. Pasados seis años y al persistir la situación, Bruselas ha dado un paso más y reclamado directamente el castigo económico al país, con una sanción fija por el tiempo transcurrido y otra variable y permanente en el tiempo hasta lograr corregir la situación.
En su recurso Bruselas elevaba a 17 los municipios de más de 15.000 habitantes que seguían sin depurar sus aguas residuales antes de verterlas al mar, algo que desde 2001 contraviene la directiva comunitaria. La vista para la apelación tuvo lugar el 19 de abril y en ella España logró acreditar una serie de avances que limitan a nueve las ciudades que incumplen. Se trata de siete enclaves andaluces, uno canario, y la zona Este de Gijón. La Sala Octava del Tribunal de la Justicia de la UE considera ahora «que condenar al Reino de España al pago de una multa coercitiva constituye un medio económico idóneo para incitar a dicho Estado miembro a adoptar las medidas necesarias para poner fin al incumplimiento declarado y para garantizar la plena ejecución de la sentencia de 14 de abril de 2011». La cuantía de la sanción persigue «persuadir» a España para que arregle la situación. El tribunal recuerda que «la inexistencia de sistemas colectores o de tratamiento de las aguas residuales urbanas o la insuficiencia de los mismos pueden perjudicar al medio ambiente y deben considerarse particularmente graves». El número de conurbanciones que siguen fuera de la norma «sigue siendo significativo» a pesar de los «importantes esfuerzos» hechos por España para ir remediando la situación, reconoce el auto.
Sin embargo, los magistrados entienden que es «una circunstancia agravante» el hecho de que España haya reconocido que antes de 2019 no podrá adaptar los colectores y sistemas de depuración a la directiva comunitaria, «lo que equivale a un retraso de 18 años en relación con la fecha en la que los Estados miembros tenían obligación de cumplir» la directiva del agua en este aspecto. España alegó que si no había podido adaptarse antes a la norma fue por «dificultades jurídicas y económicas internas», algo que para los jueces de la UE «no puede tenerse en cuenta dado que, conforme a reiterada jurisprudencia del Tribunal de Justicia, un Estado miembro no puede alegar dificultades de orden interno para justificar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del Derecho de la Unión».
Así las cosas, la sentencia fija una multa diaria a liquidar con carácter semestral, y de la que se descontaría la parte proporcional a cada uno de los nueve enclaves en función de que logre legalizar su situación. La sentencia persigue que España se aplique pero también «prevenir efectivamente la repetición en el futuro de infracciones análogas del Derecho de la Unión». En su recurso la Comisión llegó a plantear una sanción de más de 40 millones por los años transcurridos, cifra «desproporcionada», según alegó España, y que la sentencia deja finalmente en los 12 millones.
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