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Panorámica de las instalaciones del puerto gijonés, donde se ha regulado la utilización de drones. ARNALDO GARCÍA
El Musel regula el uso de su espacio aéreo y establece una tasa por utilizar drones

El Musel regula el uso de su espacio aéreo y establece una tasa por utilizar drones

También contrata el servicio de los aparatos, pero no para el control diario de la mercancía por sus limitaciones con mal tiempo

E. C.

GIJÓN.

Domingo, 31 de diciembre 2017, 00:59

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Contratar un servicio realizado por drones en El Musel está sujeto a regulación y a una tasa del 1% de la facturación desde el 30 de octubre, fecha en la que el Boletín Oficial del Estado (BOE) hizo público el 'Pliego de condiciones particulares para la prestación del servicio comercial de vuelo de drones en el Puerto de Gijón', previamente aprobado por el consejo de administración de la Autoridad Portuaria en su reunión del pasado 29 de septiembre.

La iniciativa surge, según pudo saber EL COMERCIO, por la relevante cantidad empresas portuarias que contratan a operadores de drones ya sea para controlar sus operaciones, captar imágenes para publicidad corporativa o cualquier otro objetivo comercial.

LAS CONDICIONES

  • Plazo: tres años, renovable.

  • Depósito: mil euros, como aval de las tasas que se generen.

  • Seguro: para cubrir hipotéticos daños, por importe mínimo de 300.000 euros.

  • Tasa de actividad: el 1% de la facturación por el servicio.

Con la regulación, no se establece un número determinado de operadoras de drones que puedan trabajar en el puerto, pero sí unas condiciones específicas que deben cumplir las interesadas en hacerlo. Dicho de otra forma, no es suficiente tener un amigo habilidoso como piloto por control remoto, sino que hay que contratar a una empresa autorizada que deberá abonar a la Autoridad Portuaria de Gijón el 1% de su facturación por el servicio.

3.000 euros

La autorización, previa solicitud de la entidad interesada, se concede por un plazo máximo de tres años, susceptible de renovación, y tras el depósito de una fianza de mil euros y de un seguro de responsabilidad civil que cubra daños de 300.000 euros como mínimo. Las operaciones con drones deben ser anunciadas a la Autoridad Portuaria con una antelación mínima de 24 horas, deben desarrollarse durante el día y en unas determinadas condiciones de seguridad.

Asimismo, entre las estipulaciones incluidas en el referido pliego de condiciones figura, además del ya citado pago del 1% de la facturación, que los drones no podrán superar los 120 metros de altura y que el pilotaje por control remoto debe practicarse a una distancia no superior a 500 metros del aparato.

Clientes ocasionales

El propio Puerto es cliente ocasional de servicios de drones, aunque no los utiliza para el control del volumen de las mercancías depositadas en los muelles, como pretende hacer la Autoridad Portuaria de Avilés, porque esa labor se realiza todos los días y con mal tiempo los drones no ofrecen garantías de funcionamiento.

Es cada cuatro o cinco meses cuando El Musel utiliza esos aparatos para realizar estudios de volumetría general, que obviamente deberán ser encargados a las empresas que adquieran la correspondiente autorización.

En cualquier caso, los puertos no precisan hacer controles del volumen de mercancía en muelles y tinglados afectados por una concesión, como ocurre con la EBHI, porque en esos casos la facturación se hace por la concesión. Distinto es en una ocupación de espacio por autorización, como el movimiento de graneles del Muelle Norte.

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