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«Quedarse con 94.000 euros de un cliente es un ánimo de lucro aplastante»

Fiscalía y acusación particular subrayan que el poder notarial «no decía que la abogada podía incorporar ese dinero a su patrimonio»

C. DEL RÍO

GIJÓN.

Sábado, 17 de febrero 2018, 03:24

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«El poder notarial existía, pero no decía que la abogada podía incorporar ese dinero a su patrimonio». El fiscal fue breve, pero contundente. Para él no hay duda de que la letrada avilesina se apropió indebidamente de 94.000 euros de la indemnización de un cliente por los que solicita una pena de cárcel de tres años, 3.240 euros de multa y una indemnización. La acusación particular, que ve en la acción «un ánimo de lucro aplastante», pide cuatro años de prisión, dos de inhabilitación profesional y una multa. La defensa solicita la libre absolución. El caso, juzgado en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, quedó ayer visto para sentencia. En la fase de conclusiones, el Ministerio Público rechazó las explicaciones de la abogada acerca de que esos 94.322 euros ingresados en 2013 en su cuenta eran «en concepto de gastos, consignación y minuta porque él hizo dos consignaciones de 12.000 y 6.000 euros, el 18 de junio de 2012 y el 24 de junio de 2012, respectivamente».

Señaló que no había «justificación documental» respecto al 15% que habrían pactado como minuta por el caso y, aunque la hubiera habido, «el procedimiento no se concluyó hasta 2015», momento en el que se habría tenido que fijar ese 15%. Por lo tanto, «esos 94.000 euros no pueden ser su minuta porque se los apropia al principio».

En la misma línea, Óscar González, abogado de la acusación particular, reclamó que «con independencia de las cláusulas o de lo leído o no en la notaría, el poder la faculta para que cobre en nombre de su cliente la indemnización, no para que la meta en su bolsillo».

Hizo hincapié en las cantidades ingresadas y las fechas para sostener su postura y avaló el testimonio de su representado al afirmar que «un cliente se fía siempre de su abogado» y ella «abusó de su superioridad y quebró la acción de confianza». Recordó que los 94.000 euros se ingresaron en 2013 «cuando se está iniciando el proceso y el juicio no salió hasta catorce meses después». Y dejó entrever que podría haber sido para saldar la deuda que la acusada mantenía con la Agencia Tributaria en enero de 2017, con sendos embargos no abonados de 73.327 y 50.006 euros.

«Engaños por la lentitud»

Insistió en que el lapso de tiempo transcurrido entre que su cliente se dio cuenta de que había cobrado menos de lo fijado (mayo de 2015) y la revocación final del poder notarial a favor de la abogada, en octubre de 2016, fue por la relación de confianza entre ambos. «Ella lo engañó con excusas sobre la lentitud de la justicia y otras historias», indicó. Trasladó además al tribunal que la abogada había ido a verle al despacho interesada en pactar un acuerdo para abonar la responsabilidad civil por este caso, lo que habría supuesto un atenuante importante. La defensa de la letrada solicitó la libre absolución.

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