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El TSJA respalda a una inspectora acusada de hostigar a una policía

«El proceso de trastorno adaptativo que padece obedece a enfermedad común, no profesional», dice el abogado del Estado

o. suárez

Martes, 17 de octubre 2017, 01:11

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La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado la demanda interpuesta por una policía de la Comisaría de Gijón que aducía que la baja por un trastorno adaptativo depresivo obedecía a una situación de hostigamiento que supuestamente sufría en su puesto de trabajo. En concreto, la denunciante refería un incidente «ocurrido el 10 de diciembre de 2015, con la inspectora e instructora de dos expedientes archivados en los que estaba interesada la recurrente, que, en presencia de otros funcionarios se dirigió a ésta a voces, diciéndole que la próxima vez que no me saludes, te vas a enterar, porque esto es un cuerpo jerarquizado, así que te quede bien claro, la próxima vez te vas a enterar quién soy yo».

El abogado del Estado se opuso al recurso, considerando que «el trastorno adaptativo que padece la recurrente obedece a un proceso por enfermedad común, no profesional». En ese sentido se pronunció el tribunal de la Sala de lo Contencioso. «Los hechos relatados no pueden calificarse de acoso laboral, dado que ni se demuestra la reiteración y la frecuencia de las ofensas con el ánimo e intención de intimidad y humillar a la persona a la que van dirigidas, ni cabe estimar que la indicada enfermedad obedece directamente a la prestación del servicio o como consecuencia del mismo», recoge la sentencia.

«Si entendemos que la enfermedad que determinó la baja en el trabajo fue motivada por el incidente ocurrido en presencia de otros funcionarios, hemos de suponer que la recurrente padece cierta tendencia depresiva, como se pone de manifiesto en los otros incidentes que relata», recoge el fallo, que respalda la resolución de la Dirección General de la Policía.

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