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Las vías autorizadas para circular con este tipo de vehículos las indicará una ordenanza municipal F.P
Las víctimas de accidentes piden un seguro obligatorio para patinetes eléctricos

Las víctimas de accidentes piden un seguro obligatorio para patinetes eléctricos

Si un usuario provoca un accidente bajo el efecto de alcohol o drogas no puede ser condenado por un delito contra la seguridad en el tráfico

Patxi Fernández

Jueves, 20 de abril 2023, 16:55

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El aumento de la siniestralidad en España (25 fallecidos en los dos últimos años) y el referéndum histórico en París que ha votado en contra de los patinetes eléctricos de alquiler pone en tela de juicio a un tipo de vehículos cada vez más de moda en las principales ciudades españolas.

Según la DGT, los Vehículos de Movilidad Personal (o VMP, entre ellos, los patinetes eléctricos) son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Pero este organismo reconoce que cada Ayuntamiento tiene sus propias normas y recae en los propios consistorios la manera de actuar.

Se mantienen unas normas comunes, como que se prohíbe que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, travesías, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal, pero si no la hubiera, se permitiría la circulación por cualquier calzada urbana. Su velocidad deberá estar entre 6 y 25 km/h. Ante esta situación, la Asociación Nacional Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil ha reclamado la obligatoriedad del seguro para los patinetes eléctricos.

Según Manuel Castellanos, presidente de ANAVA-RC «las normas no se cumplen y los accidentes van en aumento, añadiendo a todo ello la confusión que genera la disparidad de ordenanzas que regulan el uso de estos vehículos de movilidad personal».

La disparidad de ordenanzas que regulan el uso de estos vehículos provoca casos tan curiosos como «que al pasar de un municipio a otro montado en patinete, se puede dar el caso de que en uno sea obligatorio, por ejemplo, el uso de casco, y en el otro no».

Responsabilidad civil

Castellanos explica que hoy por hoy, un usuario de patinete que provoque un accidente con víctimas bajo el efecto de alcohol o drogas, no puede ser condenado por un delito contra la seguridad en el tráfico.

Los particulares no tienen la obligatoriedad de asegurar los VMP y depende de los usuarios tener un seguro de responsabilidad civil y de daños a terceros. En el caso de los patinetes de alquiler, si una empresa ofrece al usuario la posibilidad de tener un seguro, lo más probable es que se desconozca las garantías que cubre por lo que existe una gran inseguridad jurídica al respecto «y lo que es más grave, el usuario piensa que está amparado por un seguro de responsabilidad civil de carácter ilimitado y no es cierto», declara Castellanos.

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