Conviene ver 'Jurado Número 2' de Clint Eastwood para gozar de dos horas de narrativa clásica y darle en los morros a ese niñato de ... fondo de inversión que dirige la Warner y torpedee su estreno, y también para conocer los mecanismos de la Justicia en los Estados democráticos, un tema que probablemente les sea familiar. Eastwood es un superviviente del cine que narra una historia con realismo creíble y maestría suficiente para provocar emoción o pensamiento más allá de su trama. Sus películas son lo contrario de esos artefactos cinematográficos pasto de festivales que subrayan emociones y sermonean pensamientos, para luego encajar a machamartillo la poco creíble narración que pretende justificarlos.
'Jurado Número 2' cuenta una historia de juicios y de investigación de un crimen y al hacerlo evoca la complejidad de conocer la realidad de las conductas examinadas por el sistema judicial, los límites de ese sistema para dar una corrección justa a esas conductas o la equívoca imparcialidad de los aplicadores jurídicos, que incluye el uso político de la Justicia. O sea, que trata de lo mismo que los debates políticos nacionales sobre la independencia /dependencia de jueces, fiscales y tribunales ordinarios, supremos y constitucionales, pero en serio. Para elevar el nivel de estos debates, el Parlamento podría acoger un coloquio tipo Garci sobre 'Jurado Número 2', y en su desarrollo serían utilizables datos como los siguientes.
Según OCDE, el 45% de la población española confía en el sistema judicial (solo la Policía logra mayor calificación), el 37% en el gobierno central y al 34% en el Parlamento. El índice de confianza gubernamental y parlamentaria es algo más bajo que el promedio OCDE, pero el de la judicatura tiene una considerable brecha respecto del promedio del 53%.
Una explicación de esta menor confianza, concretamente respecto de la situación europea, estaría en las respuestas al último Eurobarómetro sobre independencia de los jueces. Un 52% de los europeos tienen buena opinión sobre esta independencia, atribuida en mayor medida a que su estatus profesional la garantiza, y un 37% tiene mala opinión, atribuible a las presiones políticas, seguidas de las económicas. El mayor grado de confianza se encuentra en las frías y protestantes Austria, Dinamarca y Holanda, y el menor en las cálidas y católicas Italia y España. Aquí tenemos una situación inversa a la media, con un 37% de buenas opiniones sobre la independencia judicial y un 50 % de malas, derivadas de creer en las presiones políticas en un porcentaje aún superior al de los otros países desconfiados.
Además de por esos índices de confianza de los responsables políticos inferiores a los de la judicatura, la mayor confianza ciudadana en los jueces tiene expresiones más concretas. Según un estudio de Metroscopia de 2023, el 80% de quienes han sido parte de procedimientos judiciales considera su caso resuelto de forma imparcial e incluso un 67 % de los que perdieron también lo cree (unos auténticos santos). Pero esta elevada confianza es compatible con que un 87% de usuarios de la justicia piensen que los políticos tratan de influir en ella, aunque el 53% considere prácticamente imposible una influencia efectiva.
Algo deberían hacer jueces y políticos para superar esa desconfianza institucional, pero la responsabilidad del gobierno y de los partidos parlamentarios es mayor por su doble condición de posibles presionadores de la justicia y de responsables de regular su funcionamiento independiente, factor clave en la mayoritaria confianza institucional de la ciudadanía europea. Sin embargo, el actual juego político favorito no es favorecer esa confianza institucional, es juzgar a los jueces, partiendo de estereotipos poco reales. Ejemplos: la endogamia de los jueces desmentida por el escueto promedio del 6% de ingresos en la judicatura de personas con parentela judicial, o su adscripción conservadora desmentida por unos porcentajes de autodefinición ideológica analizados por Metroscopia, que no se apartan de los de la población en general. La realidad se aleja del tosco reparto de papeles de jueces buenos/de los nuestros y malos/de los otros asignado con el peculiar criterio jurídico de que nos den/nos quiten la razón y destinado a crear emociones de filia /fobia ideológica.
Este alejamiento de la realidad judicial aleja del conocimiento de una característica del pensamiento judicial, identificada por Toharia, que ayuda más que la adscripción ideológica a interpretar el comportamiento de los jueces: el espíritu de pertenencia a un grupo profesional construido a partir de la creencia en su responsabilidad para salvaguardar los derechos de los ciudadanos.
Todo bien, salvo cuando este espíritu de cuerpo judicial se convierte en una especie de sacerdocio de la Justicia, provocando excesos de creatividad como el llamado (con terminología traída del mundo artístico) constructivismo jurídico, que ignora que el sistema judicial español no es el británico de construcción jurisprudencial del derecho.
Con este perfil profesional judicial el problema surge cuando el ejecutivo olvida lo que dice el Consejo de Europa acerca de que la capacidad del ejecutivo de comentar decisiones judiciales debe ejercerse evitando críticas que socaven la confianza pública en la justicia. Estas críticas puede producir un repliegue corporativo de los jueces, que rompe el dique de contención de su ideología, que pasa entonces a primer plano comprometiendo la independencia judicial, una situación que es la coartada perfecta para la recrítica política y el escenario perfecto para incrementar la ya muy tocada confianza en las instituciones. Todo esto es como un disparo con doloroso retroceso no solo para los tiradores sino para los espectadores del duelo, que Eastwood nunca habría filmado.
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