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No creo que ninguno de mis queridos lectores albergue duda alguna sobre que mi sintonía con la Ministra de Sanidad (MEMA: médica y madre), es ... infinitamente menor que la que pueda existir entre Trump y Sánchez. Pero intento que las divergencias no afecten a mi capacidad de raciocinio y me impidan reconocer las buenas y beneficiosas decisiones para la comunidad en las escasísimas ocasiones en que estas se proponen. Y esta es una de ellas.
Me refiero al cambio en el régimen jurídico de prestación del servicio por parte de los facultativos de la sanidad pública que pasarían a desarrollar su actividad bajo la modalidad de dedicación exclusiva.
La incompatibilidad de los facultativos tiene un contenido ético y otro legal.
Desde el punto de vista ético es difícilmente admisible, por ejemplo, que un paciente acuda a la consulta del especialista y este le plantee que debe someterse a una intervención quirúrgica ya que a resultas de la pruebas practicadas, la intervención es insoslayable, citándolo a esos efectos para dentro de ocho meses.
La zozobra e inquietud lógicas del paciente le instan a buscar una solución inmediata y, ¡paradoja!, acude a la consulta privada del mismo facultativo que lo atendió en el sistema público y previo pago de una sustanciosa cantidad de dinero, se opera a los dos días en un centro privado. En fin, éticamente, no tiene un pase.
Desde el punto de vista legal tampoco debería de tenerlo. En el ámbito de la función pública el tiempo de trabajo es el más reducido del ámbito laboral, porque las condiciones de servicio de los empleados públicos se acuerdan con excesiva laxitud. Esto así, el tiempo fuera de la jornada está concebido para que el empleado descanse, disfrute de su familia o practique sus aficiones favoritas y vuelva al día siguiente al trabajo fresco y con ganas de comerse el mundo. Si el facultativo sale de su trabajo a las 15 horas y se pasa la tarde operando a pacientes privados o atendiendo su consulta particular, es indudable que al día siguiente no se incorporara al trabajo público en las mejores condiciones para rendir adecuadamente. Es más, si se le ofreciera trabajar en la sanidad pública en horario de tarde, invocaría para no hacerlo, incumplimiento de la jornada de trabajo establecida.
También entran en juego los principios de libertad e igualdad. Mientras existan listas de espera el paciente no es libre ni está en condiciones de igualdad con al facultativo, porque se ve compelido a acudir a su consulta privada para poner a resguardo su salud, eso sí, siempre que disponga de recursos económicos. Además,.hay un dato evidente: los clientes de los facultativos que ejercen la actividad privada son, en su mayor parte, los pacientes que integran las listas de espera. Por tanto con el actual régimen nunca se acabará con ellas.
La fórmula para romper el nexo entre listas de espera y pacientes privados podría ser: «Solo podrán ejercer la actividad privada aquellos facultativos adscritos a servicios que no tengan lista de espera».
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