Servicios Auxiliares Avilés, SL

Manuel Barba

Abogado

Martes, 9 de diciembre 2025, 01:00

Bien por necesidad de supervivencia política, bien por 'cambios de opinión', bien por 'hacer de la necesidad virtud', el sindicato vertical sanchista y su socio ... de gobierno comunista llevaron al pleno municipal una propuesta para el inicio de expediente para la modificación de los estatutos sociales de la Sociedad de Servicios Auxiliares Avilés, S.L. El objetivo es modificar el objeto social de tal sociedad mercantil municipal para que incluya los servicios de limpieza en la Fundación Municipal de Cultura y la Fundación Deportiva Municipal e información turística, actualmente gestionados por el ayuntamiento, así como la adaptación de la estructura organizativa de la sociedad para el cumplimiento de sus fines.

Publicidad

Lo que se plantea no es un simple cambio técnico en los estatutos. Ampliar el objeto social de la sociedad municipal significa abrir la puerta a que cada vez más servicios se encarguen directamente a esa empresa pública, sin concurso, sin libre concurrencia, sin que las empresas de Avilés puedan competir en igualdad de condiciones.

Jurídicamente, esto se hace aprovechando la figura del 'medio propio', que permite al Ayuntamiento hacer encargos directos a una sociedad que controla como si fuera suya. A eso se le llama 'medio propio personificado', el cual es una entidad separada jurídicamente pero que la Administración la controla tanto que, a efectos de contratación, se considera casi como si fuera un servicio del propio Ayuntamiento.

Si una entidad es declarada medio propio el Ayuntamiento puede encargarle trabajos directamente (sin licitación pública clásica). Esos encargos se llaman 'encargos a medio propio' o 'encomiendas de gestión' en el lenguaje habitual.

Publicidad

¿Qué tiene que ver con ampliar el objeto social? Para que el Ayuntamiento pueda hacer encargos directos a la sociedad municipal sobre ciertos servicios, se necesitan dos cosas básicas: que la sociedad sea medio propio y que esos servicios estén dentro de su objeto social (es decir, dentro de las actividades que la sociedad está habilitada estatutariamente para realizar). Ahora mismo esa sociedad municipal tiene un objeto social X (determinados servicios auxiliares) y si el Ayuntamiento quiere encargarle limpieza de la FMC y FDM, información turística, cementerios, etc. pero esos servicios no están claramente dentro del objeto social, habría un problema jurídico para hacer esos encargos directos. Por eso el 'objetivo' de ampliar el objeto social es: meter dentro de los estatutos de la sociedad todas esas actividades concretas para que, después, el Ayuntamiento pueda decir: «Como es medio propio, y esto está en su objeto social, le hago un encargo directo en vez de sacar un contrato al mercado».

¿Por qué esto es relevante políticamente? Porque la alternativa a los encargos directos a un medio propio es sacar contratos de servicios o concesiones de servicios al mercado, con licitación pública, donde pueden concurrir empresas privadas. Resultado práctico: menos licitaciones abiertas, más peso de la empresa pública municipal en la prestación de servicios, menos oportunidades para empresas privadas locales.

Publicidad

Como ciudadano no discuto que la ley permita esa figura; lo que critico es su abuso: convertir a la sociedad municipal en una especie de 'ayuntamiento paralelo' que absorbe servicios, plantillas y presupuesto, reduciendo el espacio de la iniciativa privada y el control que ofrece la licitación pública ya que eso afecta a: la libre competencia entre empresas, las oportunidades para pymes locales y la transparencia en la asignación de recursos, porque las grandes decisiones pasan de los pliegos y mesas de contratación a los encargos internos a una sociedad municipal.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

1 año por solo 16€

Publicidad