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La doctora, en una de las tres sesiones ante el Juzgado de lo Penal número 2. Alex Piña
Absuelven a la doctora acusada de la muerte de una paciente en una clínica privada de Oviedo
Juicio en Oviedo

Absuelven a la doctora acusada de la muerte de una paciente en una clínica privada de Oviedo

La magistrada resuelve que el desenlace era «inevitable» y avala el tratamiento paliativo pautado por la médico, que halló a la mujer «en situación agónica»

Paz De Alvear

Oviedo

Jueves, 27 de febrero 2025, 14:42

La doctora acusada de un delito de homicidio por imprudencia grave por la muerte de una paciente, de 73 años y vecina de Avilés, en una clínica privada de Oviedo el 6 de enero de 2018, a la que indicó cuidados paliativos, ha sido absuelta. La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 2, Elena González, tras dejar claro que no ha quedado determinada de forma concluyente la causa del fallecimiento de la mujer –edema agudo de pulmón o tromboembolismo pulmonar–, resuelve que la médico de familia –adscrita al servicio de urgencias– «pautó el tratamiento adecuado al estado que apreció claramente en la paciente, en situación agónica, esto es de fallecimiento, como así sucedió».

En la última sesión del juicio, celebrado a lo largo de tres sesiones, el Ministerio Fiscal mantuvo la petición de condena –un año de cárcel y tres de inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina– por el delito de homicidio por imprudencia grave al entender que la doctora realizó una impresión diagnóstica de edema agudo de pulmón de la paciente e «hizo caso omiso de lo que marca el protocolo y, con claro incumplimiento de la 'lex artis', únicamente le pautó cuidados paliativos». Por su parte, la acusación particular, ejercida por los hijos de la paciente –que ya fueron indemnizados en el procedimiento civil previo– sostuvo también su petición de condena al considerar que los cuidados paliativos indicados por la doctora constituyeron «una negligencia médica inexcusable» al haber «una alternativa terapéutica».

Un razonamiento que rebate la magistrada en la sentencia y que la propia doctora negó en su declaración durante la celebración de la primera vista. Explicó que aquel día de Reyes había entrado de guardia a las nueve de la mañana y alrededor de una hora después, una enfermera le requirió en planta –ante la ausencia del médico internista– para que viera a la paciente que presentaba «un deterioro general importante» y «estaba desconectada del medio».

«Me avisaron por una situación agónica», declaró la doctora. «La situación pintaba muy fea. Había pasado toda la noche sola y no había ningún familiar». Tras explorarla, concluyó que «se encontraba en un proceso de muerte instaurado, no me crea ninguna duda». Trató sin éxito, dijo, de contactar con sus familiares al «ver el desenlace final, porque era una crónica de una muerte anunciada», y pidió que le pusieran «oxígeno y morfina para intentar aliviar un síntoma de agonía claro».

A las 11.26 horas falleció. La acusada, entonces, previa consulta al médico internista que había seguido la evolución de la paciente desde su ingreso en la clínica el día 2 de enero, le dijo que pusiera edema agudo de pulmón como causa de la muerte. Una patología frente a la que, según las acusaciones, debía haber actuado de otra manera.

Tras los informes de peritos llamados, a propuesta de las partes, la magistrada incide en que todos ellos «han tenido ocasión de aportar informes periciales sobre la posible causa de la muerte y sobre la actuación llevada a cabo por la acusada; contando todos ellos, también los médicos forenses a petición judicial, con el material necesario y tiempo más que suficiente para ello, a diferencia de la acusada quien 59 minutos después de empezar su turno de guardia se encontró con una situación clínica aguda».

También advierte que «el estado agónico de la paciente desaconsejaba no sólo su ingreso en UVI, sino también su sometimiento a un tratamiento intensivo agudo, por lo que el resultado de muerte se habría producido en todo caso de forma más o menos inminente».

Ante este fallo, la acusación pública y la familia de la paciente –a quien, según recoge la sentencia, se informa todos los días a los hijos sobre la evolución de su madre aunque no siempre estaban en la clínica– tienen posibilidad de interponer un recurso de apelación.

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