«Desconcertados y sin casa, los ancianos desahuciados se fueron a dormir a un banco del Campo San Francisco»
La Plataforma de Afectados por la Hipoteca asegura que la pareja de 72 y 74 años habían llegado a un acuerdo verbal con la abogada del dueño del piso para aplazar el pago hasta el futuro cercano
Un matrimonio de Oviedo de 72 y 74 años han pasado dos días y dos noches en un banco del Campo San Francisco después de ser desahuciados el pasado día 18 de septiembre por no poner hacer frente al alquiler de la vivienda en la que residían ya que sus únicos ingresos proceden de una pensión no contributiva. El drama lo ha revelado este lunes la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de la capital asturiana, que ha acusado a los tribunales de incumplir el convenio vigente para la prevención de los desahucios y de actuar de forma «negligente e inhumana» al ordenar «sin miramientos» el desahucio de la pareja.
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Todo ocurrió hace justo una semana cuando los ancianos abandonaban, a primera hora de la mañana, el hogar en el que habían pasado una gran parte de sus vidas. Lo hacían así tras haber recibido el día anterior una orden de ejecución de desahucio. «Movidos por la incertidumbre y el desconocimiento de qué hacer en estos casos, y sin tener alternativa habitacional alguna, decidieron irse a un banco del parque», relató Pilar Lobo, miembro de la asamblea de la PAH.
En un primer momento, según indican las informaciones aportadas por la plataforma a este diario, los ancianos creyeron que se trataba de algo provisional, pues «para saldar la deuda contraída con el dueño del inmueble y poder así seguir habitándolo, habían llegado a un acuerdo verbal con la abogada de la parte demandante que consistía en aplazar el pago hasta el futuro cercano, tiempo en que uno de los dos tendría que cobrar una herencia».
La pareja, que en estos momentos ha encontrado, gracias a la ayuda de un conocido, un lugar en el que quedarse de manera provisional, está recibiendo ayuda de la plataforma y ya acudido a los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Oviedo en busca de soluciones a su caso. Según Marisa Ponga, concejala de Igualdad, «estas personas han sido atendidas en varias ocasiones por el personal del área, pero aún no ha sido presentada ninguna solicitud formal».
Lobo afirmó que «en Servicios Sociales han recibido un buen trato y se les ha asesorado correctamente, pero estas cosas no se arreglan de hoy para mañana».
La PAH denunciaba además a través de un comunicado que, en virtud de un protocolo suscrito el pasado 15 de marzo entre el Consejo General del Poder Judicial, el Principado y la Federación de Concejos, «los juzgados que reciben demandas por impago de alquiler están obligados a evaluar si la familia demandada se encuentra en situación de riesgo de exclusión social» y, en caso afirmativo, facilitarles información sobre los recursos a su alcance e informar a los servicios sociales. En estas situaciones, las personas mayores de 65 años deben ser objeto de atención especial. Sin embargo, «el juzgado ha ignorado todos estos compromisos», ha criticado la PAH, que ha tildado la actuación del juzgado de «negligente e inhumana, ordenando sin miramientos el desahucio de este matrimonio». La organización recalca, además, que «resulta incompatible con el respeto a su derecho fundamental a disponer de una vivienda adecuada «reconocido en diversos convenios internacionales».
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Ante este caso, la PAH de Oviedo solicitará una reunión al Decano de los Juzgados de Oviedo para trasladarle esta situación y «urgirle la adopción de medidas de cumplimiento del protocolo de prevención de desahucios de manera que ni una familia más se vea abocada a vivir en la calle».
Orden de suspensión
Ante las críticas de la PAH, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha asegurado este lunes que el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Oviedo desconocía la situación de vulnerabilidad de los dos ancianos. En una nota de prensa, han explicado que el día 18 de septiembre el juzgado realizó dos lanzamientos, uno de un local de negocio y el otro de una vivienda que, al menos en el momento de llevarse a cabo el lanzamiento, no estaba ocupada por persona alguna.
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Añade, además, que si el matrimonio se encontraba en las condiciones referidas, no lo «habían puesto en conocimiento del juzgado» que, «por tanto, no ha podido ser conocida ni valorada por el servicio correspondiente«.
Asimismo, el TSJA ha explicado que cuando se detecta en la diligencia algún supuesto de vulnerabilidad «tienen orden de suspensión para dar cuenta al juzgado correspondiente y el día 18 no ocurrió», porque, reitera, «no se tenía conocimiento de esa situación»: «El día 18 de septiembre de 2018 no se ejecutó ningún desahucio en el que se pudiera apreciar o valorar previamente situación de especial vulnerabilidad alguna, porque no fue conocedor de ninguna situación de riesgo», zanja el tribunal, que asegura que «se cumplen escrupulosamente las indicaciones del Convenio de 15-3-2018 sobre lanzamientos».
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