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El acusado, de espaldas PABLO LORENZANA
Cobró 22 años la pensión de un fallecido «para sobrevivir»

Cobró 22 años la pensión de un fallecido «para sobrevivir»

«Antes de ponerse enferma y no poder salir de casa era mi madre la que iba a cobrar al banco y yo desconocía que en esa cuenta se ingresaba la pensión del fallecido»

europa press

Jueves, 1 de enero 1970

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El hombre acusado de cobrar durante más de 20 años la pensión de un fallecido en 1995, ha manifestado este jueves que comenzó a ir a cobrar la pensión al banco a requerimiento de su madre en 2011 cuando ella ya no podía desplazarse a la entidad, después una vez fallecida su madre, en 2012, siguió cobrándola porque «era para sobrevivir, no tenía ni paro ni otro ingreso». Lo hizo hasta 2017, cuando se descubrió el fraude.

«Antes de ponerse enferma y no poder salir de casa era mi madre la que iba a cobrar al banco y yo desconocía que en esa cuenta se ingresaba la pensión del fallecido, a partir de 2012 cuando murió mi madre yo seguí yendo a cobrar porque era para sobrevivir, yo no tenía paro ni nada», ha explicado el acusado, que por tanto ha reconocido que él fue a cobrar y sacar el dinero desde junio de 2011 hasta marzo de 2017

El acusado, L. M. G. ha explicado que el titular de la pensión era un «conocido de sus padres», motivo por el que su madre era cotitular de su cuenta bancaria. Ha añadido que una vez que su madre se puso enferma y apenas podía salir de casa, en junio de 2011, el se quedó como autorizado en esa cuenta bancaria. Además ha pedido perdón por lo ocurrido.

El abogado de la defensa, Héctor Díaz, ha indicado que el reconocimiento de los hechos de su representado no alcanza la magnitud de lo que recoge la Fiscalía y no existe ni una sola prueba que permita acreditar que su cliente se quedó con dinero de la pensión desde 1995 hasta 2012. Así las sumas de las cantidades reconocidas no alcanza los 50.000 euros. Ha pedido además que sea el Banco quien haga frente a la responsabilidad civil.

El juicio, celebrado en la Sección Tercera de la Audiencia, ha quedado visto para sentencia.

El escrito del fiscal

El Ministerio Fiscal sostiene que desde 1995, la víctima tenía abierta una cuenta bancaria para cobrar su pensión de jubilación, que ascendía en aquellas fechas a 570,40 euros al mes. En esa cuenta aparecía también como titular otra persona y, como autorizado, el acusado. La víctima murió el 9 de diciembre de 1995 y la otra persona a la que también pertenecía la cuenta falleció el 1 de abril de 2012.

El acusado ocultó deliberadamente el fallecimiento de ambos tanto al INSS como al Banco, lo que motivó que hasta el 31 de marzo de 2017 se siguiera ingresando mensualmente en la cuenta su pensión de jubilación. Desde diciembre de 1995 hasta el 31 de marzo de 2017, el acusado, aprovechando que aparecía como autorizado en la cuenta bancaria, acudía periódicamente al banco (a veces mensualmente y en otras ocasiones dejaba pasar unos meses) a cobrar por ventanilla el saldo proveniente de la pensión que la TGSS ingresaba en esa cuenta, quedándose el dinero para sí.

El Banco reclama 33.083,10 euros, que se corresponden con las últimas 55 pensiones domiciliadas en la cuenta (de mayo de 2013 a marzo de 2017), que le fueron reclamadas por el INSS. El INSS reclama 103.185,43 euros, que se corresponde con las pensiones indebidamente abonadas desde enero de 1997 hasta abril de 2013.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra la Seguridad Social del Código Penal. Y solicita que se condene al acusado a cuatro años de prisión, multa de 150.000 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada 100 euros o fracción impagada y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la seguridad social durante 5 años.

Por vía de responsabilidad civil, la Fiscalía solicita que el acusado indemnice al Banco con 33.083,10 euros y al INSS con 103.185,43 euros.

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