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Ovetenses en las casetas del paseo del Bombé durante las pasadas fiestas de San Mateo. alex piña

Un juzgado obliga a readmitir a un hostelero excluido de las casetas de San Mateo

Aitor Fernández, dueño del bar El Mítico, fue excluido porque el papel que presentó del seguro «no se acomodaba totalmente a lo exigido», «pero no ha de entenderse como un incumplimiento absoluto»

Jueves, 12 de mayo 2022, 11:01

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El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Oviedo ha anulado la exclusión de un hostelero de las casetas instaladas durante las pasadas fiestas de San Mateo. Se trata de Aitor Fernández, dueño del bar El Mítico, que fue expulsado del proceso después presentar con errores el papel del seguro civil . A través de «un Whatsapp«, según su versión del os hechos, le comunicaron la decisión sin darle la opción de corregir la situación y ahora los tribunales han declarado »el derecho del actor a la adjudicación y explotación« del puesto durante los festejos mateínos . El Ayuntamiento pagará las costas procesales.

Todo se remonta, según se resume en la sentencia, al 8 de julio cuando se aprobaron las bases reguladoras para la instalación de las casetas de uso hostelero con motivo de las fiestas de San Mateo. Por primer vez en cuarenta años, no se colocaron los tradicionales chiringuitos y desde el Ayuntamiento se apostó por un nuevo modelo.

Entre los hosteleros interesados estuvo Fernández quien obtuvo plaza en tres emplazamientos. «El Bombé, paseo de la Herradura del Campo y Porlier». Se quedó con la primera y entregó toda la documentación al Ayuntamiento, pero había un fallo. «El certificado de cobertura del seguro de responsabilidad civil no se acomodó totalmente a lo exigido», tal y como se relata en la sentencia, por lo que fue excluido del proceso.

Fernández intentó solventar la situación con un «recurso de reposición donde aportó el modelo de forma correcto, pero «nada se resolvió al respecto». Se quedó sin caseta a pesar de que ya había hecho una «inversión de 6.000 euros« para comprar todos los productos necesarios para poner el puesto en marcha.

El siguiente paso que dio fue presentar un recurso ante los tribunales que ahora han fallado a su favor porque este error en la documentación «no fue una omisión de la documentación», por lo que no ha «de entenderse como un como un incumplimiento absoluto».

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