Borrar
Fadila Chardoud, madre del pequeño Imran, y David Fuentes durante el juicio en la Audiencia. ALEX PIÑA
El TSJA rebaja trece años la pena de prisión a la madre del pequeño Imran

El TSJA rebaja trece años la pena de prisión a la madre del pequeño Imran

Estima parte de los recursos de apelación de las defensas de los asesinos del bebé y declara nula la condena por el delito de lesiones

CECILIA PÉREZ

OVIEDO.

Martes, 19 de diciembre 2017, 00:07

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias rebajó la pena de prisión de 33 años y medio a 20 años y tres meses a Fadila Chardoud, la madre del pequeño Imran. El pasado marzo, la Audiencia la condenó junto al que fuera su pareja, David Fuentes, por el asesinato del bebé de 20 meses, cuyo cadáver apareció abandonado en el interior de una maleta en noviembre de 2014. El TSJA, en los 36 folios de la sentencia, estima parcialmente los recursos presentados por las defensas de los dos condenados, después de que se tuviera que repetir la vista de apelación por la enfermedad de uno de los magistrados.

El fallo, conocido ayer, acepta dos puntos de los recursos que afectan a la pena impuesta el pasado marzo por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial a los dos condenados. Por un lado, el referido a la madre del bebé de 20 meses asesinado. La sala la considera «cómplice» del asesinato del pequeño y no autora material por omisión y le retira el agravante de parentesco en los delitos de malos tratos y asesinato. Esto varía su tiempo de condena a su favor, de los 33 años y medio de cárcel iniciales como autora material del crimen por omisión, es decir por no haber hecho nada para impedir la muerte de su hijo, a 20 años y tres meses: «Dos años y tres meses de prisión por el delito de malos tratos» y «dieciocho años de cárcel por el delito de asesinato en grado de complicidad», recoge el fallo del TSJA.

El otro de los recursos estimados por el tribunal afecta conjuntamente a los dos condenados. Se refiere a la «nulidad» de la condena respecto al delito de lesiones que deberá enjuiciarse de nuevo en un tribunal competente y sin jurado popular.

Esto supone que tanto a la madre del pequeño como a su pareja, de momento y hasta que no se celebre de nuevo el juicio por este delito, se les anula la condena a cinco años de prisión que les había impuesto la Sección Tercera de la Audiencia Provincial. La sentencia alude a «contradicciones» en el veredicto del jurado para argumentar la eliminación de la pena por el delito de lesiones y pedir la repetición de un juicio por esta causa.

El voto particular

Una de las particularidades de la sentencia emitida por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias hace referencia a uno de los recursos que presentó en su día el abogado de David Fuentes. Fernando de Barutell solicitó la repetición del juicio con jurado popular por un defecto en la resolución del veredicto del jurado. Este punto fue estimado por uno de los magistrados del tribunal que emitió un voto a favor de su repetición.

El magistrado Ángel Aznárez Rubio consideró que debería repetirse todo el juicio por diversos defectos que representan un quebrantamiento de ley. En concreto, apunta que el objeto de veredicto aprobó tanto lo propuesto por la Fiscalía como lo propuesto por la acusación particular en cuestiones «divergentes e incompatibles». Aznárez lo calificó como «contradicción manifiesta» y abogó porque se debería de haber devuelto el veredicto al jurado. Al no haberse hecho así, entiende el magistrado que se produce «una nulidad del juicio por defecto grave e insubsanable».

A esto se agarra Fernando de Barutell, abogado de David Fuentes. Anunció que recurrirá al Tribunal Supremo la sentencia emitida ayer por el TSJA. Lo hará porque, dice, el voto particular del magistrado afecta a toda la sentencia y «es claró y diáfano». Algo que «puede ayudar» para que el recurso ante el Supremo llegue a buen puerto. «No tengo la mínima duda de que nos van a dar la razón», argumentó. De Barutell ya trasladó el fallo de la sentencia a David Fuentes, en prisión desde 2014 en Mansilla de las Mulas por el asesinato del pequeño Imram. «Está contento por el voto particular del magistrado a favor de que se repita el juicio», explicó.

Quien también anunció recurso ante el Supremo fue la abogada de Fadila Chardoud. Tras conocer la sentencia, Belén González aseguró que «seguirá luchando por la libre absolución» de su representada. Redundó en que «se ha probado la inocencia de Fadila que es una víctima de la violencia de género».

Menos claro lo tiene el abogado de la acusación particular. Pablo Díaz Carrera aseguró que «es pronto para saber si vana recurrir» porque antes tiene que hablar con su clienta, la hermana de Fadila Chardoud y «valorar» los pasos a seguir. Con todo, el letrado se mostró «satisfecho» con que la sentencia no estimase ninguno de los recursos para David Fuentes y que se «soliviantase» la pena para la madre del pequeño Imran.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios