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homenaje al etarra argala

La Audiencia condena a Otegi a 15 meses pero no ingresará en prisión

AGENCIAS | MADRID

Jueves, 27 de abril 2006, 02:00

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La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a 15 meses de prisión y a 7 años y 3 meses de inhabilitación absoluta al dirigente de Batasuna Arnaldo Otegi por un delito de enaltecimiento de acciones terroristas, en relación con el homenaje al etarra José Miguel Beñarán Ordeñana, alias Argala, celebrado el 21 de diciembre de 2003 en Arrigorriaga (Vizcaya), aunque el dirigente abertzale no ingresará en prisión porque la condena no es firme.

Pese a tratarse de la segunda condena impuesta al líder de Batasuna -que tiene pendiente el cumplimiento de un año de cárcel que le impuso el Tribunal Supremo a finales del pasado año, por injuriar al Rey-, esta sentencia no supondrá su inminente ingreso en prisión. Para ello sería necesario que la resolución fuera firme, bien por ser confirmada por el Tribunal Supremo o bien por no ser recurrida, lo que es bastante improbable.

El teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Jesús Santos, alegó hoy "razones de prudencia" para justificar que, desde el Ministerio Público, no se solicitará ninguna medida cautelar para la ejecución de la sentencia, como sería el ingreso de Otegi en prisión provisional mientras se pronuncia el Tribunal Supremo.

Santos explicó que en este caso no cabe pedir la prisión preventiva porque la condena impuesta es menor de 2 años y tampoco existe riesgo de fuga, de reiteración delictiva o de destrucción de pruebas. También manifestó su "satisfacción" por la resolución de la Sala Tercera, que ha aplicado la misma condena que la Fiscalía solicitó en este caso.

Según el relato de hechos probados, en el lugar del homenaje se instaló una gran pancarta con el lema "Organizar la independencia y el socialismo. Luchar merece la pena 1978-2003" y una gran fotografía de Argala. En un determinado momento, Otegi colocó un clavel junto a la fotografía de Argala y se dirigió a los alrededor de 200 "concentrados presentándoles y animándoles a favorecer la llamada 'Propuesta de Bergara' que supone la creación de un frente común de todos los partidos nacionalistas con el objeto de 'lograr la libre determinación y la libertad de los presos de ETA', propuesta que equiparó con la que tuvo lugar en Txiberta-Biarritz entre dirigentes de ETA y el PNV'" en 1977.

Identificación de Otegi con la ideología de ETA

En sus fundamentos jurídicos, la sentencia subraya que las manifestaciones vertidas por Otegi "expresan la absoluta identificación ideológica del acusado con la organización criminal ETA, sus objetivos, sus actividades y su método de actuación", máxime cuando las mismas han de ser valoradas "teniendo muy presente que su autor, el acusado, es precisamente el líder de la ilegalizada formación radical vasca Batasuna".

Según el tribunal, las palabras de Otegi en este acto supusieron "cuanto menos menos señal, de aprobación, entusiasmo o admiración a la figura del dirigente terrorista, sin excluir la eufemísticamente denominada 'lucha armada' a favor de la autodeterminación del País Vasco, y contextualizando ésta en el marco de un conflicto político, todo lo cual desborda los límites del concepto de opinión.

La "puesta en escena" del homenaje, según la Sala, contiene los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal previsto en el artículo 578 del Código Penal, que castiga el enaltecimiento o justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos terroristas.

Se han tenido en cuenta informes policiales e informaciones

En cuanto a la prueba de cargo contra Otegi, la Audiencia Nacional cita los informes policiales sobre Argala, confirmado en 1978 como jefe militar supremo de ETA, bajo cuya dirección se produjo un aumento muy significativo de la actividad de la banda, con más de 60 muertos, 80 atracos y un gran número de acciones en las que se utilizaron explosivos.

Igualmente, el Tribunal ha tenido en cuenta las informaciones periodísticas sobre el homenaje a Argala publicadas en los diarios El Correo, El Mundo y Deia el 22 de diciembre de 2003, que coinciden en calificar lo ocurrido en Arrigorriaga como "homenaje al histórico dirigente de ETA", así como un artículo editado en el Gara.

Podrá viajar a Dublin para los actos del Sinn Fein

Por otra parte, la Fiscalía ha informado de forma favorable a la solicitud realizada por Otegi, por el dirigente de Batasuna Pernando Barrena y el líder del sindicato LAB Rafael Díez Usabiaga -también procesados en la causa contra Batasuna-, para poder salir de España y acudir a unos actos del Sinn Fein en Dublín y Belfast.

La Asociación Dignidad y Justicia, también personada en la causa, se opone a la concesión del permiso, mientras que la otra acusación popular, en nombre de la Asociación de Víctimas del Terrorismo, aún no se ha pronunciado al respecto. El juez que instruye la causa, Fernando Grande-Marlaska, resolverá probablemente mañana sobre esta cuestión, informaron fuentes jurídicas.

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