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El último pleno de la legislatura aprueba la regulación de las Cámaras de Comercio

La nueva normativa,que sale adelante con el apoyo de todos los grupos excepto IU, que se abstuvo, abre la posibilidad de fusiones o absorciones entre ellas y que incluye medidas específicas para favorecer la transparencia

EFE

Viernes, 20 de marzo 2015, 10:56

El pleno de la Junta General del Principado ha aprobado hoy con el apoyo de todos los grupos, menos el de IU, que se abstuvo, la Ley que regula el funcionamiento de las tres cámaras de Comercio existentes en Asturias, texto que abre la posibilidad de fusiones o absorciones entre ellas y que incluye medidas específicas para favorecer la transparencia. Asturias es la tercera comunidad autónoma que ha adaptado su ley a la normativa estatal ya que, hasta ahora, sólo lo habían hecho Madrid y Galicia.

Esta iniciativa legislativa es consecuencia de la aprobación de la Ley de Cámaras nacional que obligaba a las comunidades autónomas a adaptar su normativa antes del 31 de enero de 2015. El texto, que ha sido tramitado por vía de urgencia en la Junta General, modifica el nombre de las cámaras para añadir el epígrafe de servicios a los de comercio, industria y navegación dado que la ley introduce además varias reformas para impulsarlas como entidades de prestación de servicios.

La norma contempla también los procedimientos de integración y de fusión entre las distintas cámaras de forma que una o más entidades puedan integrarse en otra limítrofe y que dos o más pertenecientes a concejos limítrofes puedan constituir una nueva.

Los órganos de gobierno seguirán siendo el pleno, el comité ejecutivo y el presidente aunque la composición del primero cambiará dado que a los vocales elegidos por sufragio y a los representantes de empresas y personas de reconocido prestigio en la vida económica se sumarán los de las compañías con mayor aportación voluntaria.

El Principado determinará cuántos vocales corresponderán a cada grupo y el régimen jurídico y presupuestario también se modificará, tanto para su fiscalización por la Sindicatura, como por el establecimiento de ciertas obligaciones de transparencia.

Así, estarán obligadas a hacer públicas las subvenciones y recursos públicos que reciban, las retribuciones anuales de sus altos cargos y las indemnizaciones percibidas con ocasión de la destitución en su puesto. Los ingresos de las cámaras se basarán en el cobro de los servicios que presten y en las aportaciones voluntarias de empresas y entidades.

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