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La presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet,. Efe
El Constitucional prepara otro varapalo al Gobierno por cerrar el Congreso en el confinamiento

El Constitucional prepara otro varapalo al Gobierno por cerrar el Congreso en el confinamiento

Una mayoría de magistrados se decantan por estimar el recurso de Vox contra los acuerdos de la Mesa que limitó la actividad parlamentaria entre marzo y abril de 2020

Mateo Balín

Madrid

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Viernes, 17 de septiembre 2021

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El Tribunal Constitucional (TC) prepara un segundo varapalo al Gobierno por sus iniciativas parlamentarias para combatir la crisis sanitaria del coronavirus. Tras declarar ilegal la aprobación del primer estado de alarma por un estrecho margen de seis votos contra cinco, la corte de garantías tiene previsto considerar inconstitucionales los acuerdos de la Mesa del Congreso de los Diputados, sacados adelante con los apoyos de los grupos parlamentario del PSOE y Unidas Podemos, por los que se limitó la actividad parlamentaria entre marzo y abril de 2020, tras probarse el primer estado de alarma y el confinamientos domiciliario.

La ponencia sobre este recurso presentado por Vox ha correspondido al magistrado conservador Antonio Narváez, y se incluyó en el orden del día del Pleno del TC que comenzó el pasado martes. En esos primeros debates se ha dilucidado que una mayoría de los magistrados consideran que esos acuerdos de la Mesa, presidida por Meritxell Batet, pudieron haber vulnerado el derecho de los diputados al control parlamentario.

El parón temporal o «secuestro» de la Cámara baja, como lo tildó el partido de Santiago Abascal, tras el acuerdo que suspendía los plazos para las iniciativas parlamentarias en tramitación, estuvo vigente desde el 14 de marzo hasta el 13 de abril del 2020. Un mes que coincidió con la primera parte del confinamiento domiciliario, que se extendió durante 98 días.

En sus alegaciones, el Congreso subrayó que esa suspensión de plazos no supuso en ningún caso la «paralización» de la actividad parlamentaria, como mantiene Vox y el PP. Sí admite que la limitación afectó a la tramitación de iniciativas legislativas, en la medida en que se vieron afectados los plazos para la presentación de enmiendas, pero no así al control al Gobierno. Y enumeró que en ese mes el Pleno se reunió tres veces, la Mesa siguió calificando iniciativas de los grupos y se recibieron más de mil respuestas escritas por parte del Gobierno.

El recurso de amparo de Vox fue presentado tras regresar la normalidad al Congreso. Ello pese a que el partido de Abascal, según fuentes parlamentarias, reclamó por carta a Batet suspender «todas las actividades plenarias y en comisiones» hasta que la asistencia de los diputados se normalizase tras el positivo de Javier Ortega-Smith, conocido el 10 de marzo. El Constitucional lo admitió a trámite y en el Pleno celebrado este martes se debatió el borrador de la sentencia que se prepara sobre este asunto.

El ponente era el magistrado Antonio Narváez. Según indican fuentes del TC, Narváez se había inclinado en su texto por rechazar el recurso y, por tanto, por no declarar inconstitucional esas restricciones. Sin embargo, en el transcurso del debate se vio que su tesis no contaba con la mayoría suficiente después de que el sector denominado conservador impusiese su peso numérico en el Pleno. Está por ver ahora si a esta mayoría se suma finalmente la vicepresidenta Encarnación Roca (propuesta en su día por el Parlament con el apoyo del PSC y CIU), cuyo voto decantó entonces la sentencia que anuló el primer estado de alarma para sorpresa del Gobierno.

Próximo cita, en octubre

La intención de la corte de garantías pasa por estudiar el nuevo borrador de sentencia en el próximo Pleno, previsto para octubre. ¿Qué ocurrirá? Podría suceder algo parecido a lo que pasó con la sentencia que acabó anulando el confinamiento domiciliario en España bajo la herramienta del estado de alarma, es decir, que el texto legal salga adelante por la mínima, en una ajustada votación, con el citado voto de Roca o del presidente Juan José González Rivas.

De ser así, se confirmaría el segundo varapalo para el Gobierno y para las Cortes por la estrategia normativa seguida para contener los devastadores efectos de la pandemia. Eso sí, habrá que ver los argumentos de la sentencia, en esta ocasión, que declare inconstitucional la limitación de la actividad parlamentaria.

Especialistas en Derecho Constitucional consultados apuntan a que puede ser que los magistrados se apoyen en el apartado quinto del artículo 116 de la Carta Magna, que regula los estados de alarma, excepción y sitio: «No podrá procederse a la disolución del Congreso mientras estén declarados algunos de los estados comprendidos en el presente artículo, quedando automáticamente convocadas las Cámaras si no estuvieren en período de sesiones. Su funcionamiento no podrá interrumpirse durante la vigencia de estos estados», señala.

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